"CIJ ordena medidas provisionales a Israel tras solicitud de Sudáfrica sobre genocidio en Gaza"

Linea Conflicto Social y Paz

Por: Alfonso Insuasty R* 

La Corte Internacional de Justicia (CIJ) ha emitido medidas provisionales en respuesta a la solicitud de Sudáfrica sobre presuntas violaciones de Israel a la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio en la Franja de Gaza.

 

 

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La decisión se sustenta en las pruebas presentadas por Sudáfrica, impone diversas acciones a Israel para prevenir actos de genocidio y garantizar servicios básicos y asistencia humanitaria a los palestinos.

La CIJ respondió a la solicitud de Sudáfrica sobre presuntas violaciones de Israel a la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio en la Franja de Gaza. La decisión de la CIJ impone medidas provisionales a Israel, incluyendo la prevención de actos de genocidio, la prohibición de incitación pública al genocidio, garantizar servicios básicos y asistencia humanitaria, y preservar pruebas relacionadas con las violaciones. Además, se solicita a Israel presentar un informe sobre las acciones tomadas para dar efecto a estas medidas.

           VER: https://www.icj-cij.org/sites/default/files/case-related/192/192-20240126-pre-01-00-en.pdf

La decisión más destacada es la emisión de medidas provisionales por parte de la CIJ, que requieren que Israel tome acciones específicas para prevenir actos de genocidio y garantizar servicios básicos a los palestinos en la Franja de Gaza. Estas medidas son significativas y tienen importantes implicaciones para el cumplimiento de las obligaciones internacionales bajo la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio.

La CIJ ha instado a Israel a tomar medidas para prevenir actos de genocidio, asegurar que su ejército no cometa tales actos, prohibir la incitación pública al genocidio, garantizar servicios básicos y asistencia humanitaria, y preservar pruebas relacionadas con las presuntas violaciones. Israel también debe presentar un informe sobre las acciones tomadas para dar efecto a estas medidas.

La CIJ basa sus medidas en la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio, sosteniendo que Sudáfrica presentó pruebas suficientes de violaciones de Israel. La CIJ considera una amenaza inminente de daño irreparable a los derechos de los palestinos y la necesidad de medidas provisionales para protegerlos. Además, se apoya en principios del derecho internacional humanitario y de los derechos humanos.

La Corte Internacional de Justicia (CIJ) responde así al caso de la solicitud de Sudáfrica contra Israel se basan en la Convención para la Prevención y Sanción del Delito de Genocidio, un tratado internacional que establece la obligación de los Estados de prevenir y sancionar el genocidio.

La CIJ consideró que Sudáfrica presentó suficientes pruebas para demostrar que Israel había violado sus obligaciones bajo la Convención en relación con los palestinos en la Franja de Gaza.

En particular, la CIJ encontró que había una amenaza inminente de daño irreparable a los derechos de los palestinos en la Franja de Gaza y que era necesario tomar medidas provisionales para protegerlos. La CIJ también consideró que había una base razonable para creer que Israel había cometido actos que constituían genocidio y que era necesario tomar medidas para prevenir la comisión de tales actos en el futuro.

La CIJ se basó en los principios del derecho internacional humanitario y de los derechos humanos, que establecen la obligación de los Estados de proteger a las personas en situaciones de conflicto armado y de garantizar el acceso a servicios básicos y asistencia humanitaria. La CIJ también se basó en su propia jurisprudencia y en la jurisprudencia de otros tribunales internacionales, que han establecido la obligación de los Estados de prevenir y sancionar el genocidio y otros crímenes internacionales.

¿Qué sigue en este proceso?

Después de la emisión de las medidas provisionales por parte de la Corte Internacional de Justicia (CIJ) en el caso de la solicitud de Sudáfrica contra Israel, el proceso continuará con el seguimiento y cumplimiento de estas medidas por parte de las partes involucradas.

En particular, el Estado de Israel está obligado a tomar todas las medidas dentro de su poder para cumplir con las medidas provisionales indicadas por la CIJ, incluyendo la presentación de un informe sobre las acciones tomadas para dar efecto a estas medidas.

El caso en su totalidad continuará su curso en la CIJ, con el desarrollo de los procedimientos legales y la consideración de los argumentos y pruebas presentados por ambas partes. Es posible que se celebren audiencias adicionales y que se presenten más documentos y alegatos antes de que la CIJ emita su fallo final sobre el caso.

Es importante destacar que el proceso en la CIJ es un procedimiento legal complejo que seguirá desarrollándose de acuerdo con las reglas y prácticas de la Corte, y que las partes involucradas deberán cumplir con las decisiones y medidas provisionales emitidas por la CIJ.

*docente investigador universidad de San Buenaventura, integrante de la Red Interuniversitaria por la Paz REDIPAZ y grupo autónomo Kavilando

 

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