La declaratoria del Río Atrato como entidad sujeto de derechos: una oportunidad para la construcción de un proyecto presente-futuro de territorio sustentable
Resumen
La Corte Constitucional, en Sentencia T622 de 2016, reconoció al río Atrato como sujeto de derechos y le otorgó al Ministerio de Medio Ambiente y Desarrollo Sostenible su representación legal. Este artículo de reflexión tiene como objetivo presentar en el marco de la sentencia T622 de 2016 algunos elementos centrales para su aplicación; busca señalar la necesidad de nuevos desarrollos conceptuales, prácticos y de política pública, logrando acciones emprendidas para garantizar su protección, conservación, mantenimiento y restauración, siendo efectivas y reales, logrando así la protección de los derechos fundamentales de los habitantes, para lograr que la degradación y conflictos socio-ambiéntales se minimicen.Los autores poseerán por tiempo indefinido los derechos morales y patrimoniales de los artículos en los que participen. Posterior a declarar que el artículo es original y que sus contenidos son producto de su directa contribución intelectual. Todos los datos y las referencias a materiales ya publicados están debidamente identificados con su respectivo crédito e incluidos en las notas bibliográficas y en las citas.
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