El mundo carcelario colombiano: los condenados de la tierra (1)

Linea Conflicto Social y Paz

Por Boaventura de Sousa Santos 

El pensamiento occidental moderno opera a través de líneas abisales que separan lo humano de lo subhumano (o no humano), de tal forma que los principios humanos no quedan comprometidos por las prácticas inhumanas.

 

 

Las colonias proporcionaron un modelo de exclusión radical que hoy prevalece en el pensamiento y la práctica de nuestras sociedades occidentales modernas como lo hizo durante el periodo colonial.

Hoy, al igual que en el pasado, tanto la creación como la negación del otro lado de la línea es un elemento constitutivo de los principios y las prácticas de la hegemonía dominante.

La civilidad legal y política de este lado de la línea (el lado de lo que se considera humano) se usa de premisa para demostrar la absoluta incivilidad del otro lado de la línea (lo subhumano o no humano).

La cárcel, es hoy una de las manifestaciones más grotescas del pensamiento legal abisal, la creación del otro lado de la línea como una “no-área” en términos legales y políticos, un terreno impensable donde no rige la ley ni mucho menos los derechos humanos.

El año 2020 ha iniciado con un nuevo virus descubierto en una provincia China que ha logrado impactar a todo el mundo.

Nos ha sumergido en medidas de cuarentana que, si bien pueden resultar discriminadoras, resultan más difíciles para algunos grupos sociales que para otros, por no decir, que resultan imposibles para un vasto grupo de cuidadores, cuya misión es lograr poner en cuarentena a la totalidad de la población.

Me concentro en este corto escrito en uno de los grupos para los cuales resulta muy difícil sobrellevar este periodo excepcional, por no decir imposible: los presos y las presas en las cárceles colombianas, quienes sufren una vulnerabilidad especial que precede a la cuarentena y se agrava con esta.

Contrario a lo que transmiten los medios de comunicación y las organizaciones internacionales, la cuarentena no solo hace más visible a quienes sufren, sino también refuerzan la injusticia, la discriminación, la exclusión social y el sufrimiento inmerecido en su día a día.

La vulneración masiva de derechos dentro del sistema penitenciario colombiano dio lugar a que hace más de 20 años, la Corte Constitucional por medio de la sentencia T153/98 declarara el “Estado de Cosas Inconstitucional” reconociendo las condiciones inhumanas en las que se encontraban recluidos cientos de personas.

En dicha sentencia, la Corte no solo encontró las graves vulneraciones a los derechos humanos, sino que también evidenció la ausencia de una respuesta institucional estructurada ante tal escenario. 1 Parafraseando al famoso texto de Frantz Fanon “Les Damnés de la Terre” publicado en 1961.

Hoy, veintidós años después, de la declaración del estado de cosas inconstitucional por segunda vez y en medio de una pandemia global, los presos y las presas siguen ocupando la “no-área” en términos políticos.

La respuesta por parte del gobierno del Presidente Duque ante la crisis carcelaria manifiesta no solo el desinterés por los derechos humanos sino también la materialización de la línea abisal.

El 21 de marzo del presente año se presentaron diversos disturbios en algunas cárceles colombianas solicitando medidas efectivas contra el hacinamiento y la sobrepoblación que agravarían el número de contagios y muertes ante el nuevo virus que recorre el mundo y ha cobrado la vida de al menos 176.786 personas.

Los disturbios en su momento fueron reprimidos violentamente, con exceso y abuso de la fuerza por parte del Estado, actualmente se han confirmado al menos 73 casos de COVID-19 y mínimo 3 personas fallecidas.

La respuesta del gobierno colombiano a esta crisis carcelaria que se suma a la ya existente por motivo del estado de cosas inconstitucional consistió en la expedición del

Decreto 546 de 2020, a través del cual, se propuso resolver la crisis de salud pública que empieza a impactar los centros carcelarios y penitenciarios, pero que en la práctica no servirá de nada y podrá empeorar aún más la situación del COVID-19 en el país.

Si bien dicho decreto relata perfectamente el estado actual de las cárceles del país, impone tantas excepciones para lograr acceder a la reclusión domiciliara que sencillamente escoge y divide:

Por un lado, a quienes pueden llegar a tener derechos (los beneficiarios de las medidas cobijadas en el decreto) de aquellos que no son sujetos de derecho, y, por consiguiente, no son humanos.

Es tan expresa la línea abisal que impone esta medida que, solo unos pocos privilegiados, aquellos a quienes el Estado ha decidido rescatar tendrán formalmente garantizado el derecho a la salud y a la vida (2), mientras que otros, aquellos a quienes la sociedad ha desechado por los crímenes cometidos, deberán seguir soportando las condiciones inhumanas y el inminente riesgo de contagio y posterior muerte por causa del coronavirus.

Así, la prisión, como la forma de castigo imperante dentro de nuestras sociedades, no es más que otra prueba de que vivimos en sociedades políticamente democráticas, pero socialmente fascistas. Pido al Congreso Nacional, a los movimientos y organizaciones sociales que presionen al presidente Iván Duque para que garantice el derecho a la vida de los presos y las presas en Colombia.

Mi apoyo y solidaridad en esta cuestión es incondicional.

Coímbra, Portugal 23 de abril de 2020

1. Parafraseando al famoso texto de Frantz Fanon “Les Damnés de la Terre” publicado en 1961.

2. Es una garantía formal pues, como se ha visto, la situación del país es tan dramática que buena parte de la población colombiana lucha entre morir de hambre o morir por COVID-19.

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