Por: Jose Fernando Valencia Grajales , Mayda Soraya Marín Galeano
Desde la aparición del Acuerdo 46 DE 2006 se comenzó a utilizar el término de mixto para hacer referencia a aquellos espacios territoriales que concentraban varios usos del suelo de forma simultánea como vivienda, comercio, industria, rural, urbana y servicios
Esta mixtura se evidencia en la Imagen 1, es decir, el término se usa entre los urbanistas, arquitectos, ingenieros y abogados para tratar de aclarar que en el lugar o en los ciudades hoy hay una mezcla de usos del suelo que es difícil controlar:
Imagen 1 Mixtura de usos del suelo creada por José Valencia 2021 con fines pedagógicos
Luego el Acuerdo 48 DE 2014 le dio una nueva connotación, ampliándolo y para ello comenzó hablar de la mixtura como término propio del plan de ordenamiento territorial y como mecanismo identificador de los usos del suelo pero realizando diferenciaciones de escala, es decir, le dio grados, valores o significados distintos. Por eso el artículo 242 definió tres grandes áreas generales de uso; BAJA, MEDIA y ALTA MIXTURA, además de fijar unas categorías: 1. Uso residencial. 2. Uso comercial. 3. Uso servicios. 4. Uso industrial. 5. Uso dotacional. 6. Espacios públicos existentes. 7. Espacios públicos proyectados (Acuerdo 48 DE 2014, artículo 247). Es decir: que las mixtura se definen de arriba hacia abajo comenzando por la baja hasta la alta como lo indica la imagen 2 donde se aprecia como en la medida que hablamos de baja se hace referencia que allí se concentra lo residencial, mientras cuando se hace alusión a alta se tiende a que allí se puede encontrar un uso industrial:
Esta condición nos permite apreciar que cuando se clasifica una unidad del suelo se hace con fundamento en porcentajes de mixtura, es decir, un barrio, una comuna, una zona, una unidad de actuación o polígono, están compuestas por una serie de casas, apartamentos, comercios, industrias, espacios públicos existentes o que están en los planos como proyección, y para definir cuál es el nivel de mixtura calculan el número de unidades de vivienda (casas-apartamentos) y las unidades de comercio (según el tamaño) las unidades industriales según tamaño y complejidad (familiar hasta industrial puro) las unidades de espacio público (parques-calles..etc.), más las dotaciones (escuelas, gimnasios, iglesias, colegios…etc.) y en la medida que el porcentaje de viviendas sea mayor se entiende de baja mixtura, y entre menos residencias haya, se entiende de alta mixtura. Para aclarar lo anterior adjuntamos la siguiente imagen 3 que el mismo municipio en el año de 2016 presentó para aclarar dichas misturas:
Imagen 3 tomadas del: Departamento Administrativo de Planeación de Medellín DAPM (2016)
De igual manera la administración municipal de Medellín ha dicho que:
El índice de mixtura. Tiene como propósito evaluar el grado de mezcla o diversidad de usos del suelo dentro de un polígono. Es un cálculo que trata de medir el grado de mezcla o de diversidad de usos del suelo. Este índice varía entre 0 y 1, donde cero indica homogeneidad (hay un solo uso) y 1 indica heterogeneidad (hay múltiples usos equitativamente distribuidos) (Departamento Administrativo de Planeación de Medellín DAPM, 2019, p. 89).
Ahora bien, el definir el nivel de mixtura no implica desconocer la existencia de todos los usos del suelo. Es decir, el hecho que el Artículo 297 (…) haga referencia a que “En la categoría de uso de baja mixtura no se permitirán proyectos con intensidad de uso del 100% en usos diferentes a la vivienda” no significa tajantemente: Primero: que no se puedan tener usos mixtos al interior de las propiedades (por tanto al momento de que haya proyecto de renovación, obra pública o proyecto, no se les puede desconocer que exista al interior de la vivienda un negocio y al tiempo una vivienda, por tanto la indemnización debe ser diferenciada); Segundo: que no sea posible solicitar licencia para comercio o que existan o subsistan negocios en las zonas mal llamadas 100% de baja mixtura, ya que en el valle del Aburrá, dicha condición no existe, ni siquiera en los complejos de unidades residenciales nuevos donde lo primero que se proyecta son negocios de comercio en las partes bajas de las unidades residenciales.
Es por ello que cuando los funcionarios de la Administración Pública intentan decirles a los propietarios o moradores de los polígonos de intervención que no les pueden pagar dichos bienes como comerciales y de vivienda, les están mintiendo, ya que la mixtura misma indica que no es posible identificar lugares donde no haya mixtura y por tal razón el municipio y el POT lo reconoció como un hecho evidente que no permitiría de forma alguna que es cierto que hay zonas donde no hay mixtura. Es decir, toda el área metropolitana está constituida de Mixturas y lo único a lo que se refiere denominarlas como de Baja o Alta es para identificar el porcentaje (%) de la mixtura pero nunca se puede decir que no hay en una misma zona por baja que sea unidades que como mínimo no combinen viviendas con comercios.
Finalmente adjuntamos la imagen 4 en el entendido que la misma administración ha realizado en una imagen el cómo comprender mejor las mixturas urbanas
Imagen 4 tomadas del: Departamento Administrativo de Planeación de Medellín DAPM (2016)
Es decir estamos frente a prácticas colonizadoras de despojo de la tierra (Valencia-Grajales, Mesa-Duque & Insuasty-Rodríguez, 2020) que coloca a los moradores como simples víctimas del desarrollo (Mesa, Valencia Grajales, Insuasty Rodríguez, Borja Bedoya, et al., 2018), manteniendo una eficacia simbólica que desconoce los derechos de los moradores (Valencia-Grajales, 2014) y termina por imponer un modelo que incluye la pobreza como negocio (Restrepo-Marín & Insuasty-Rodríguez, 2016), además de planificar la miseria de forma institucional (Insuasty-Rodríguez, Zuluaga-Cometa, & Palechor-Ordoñez, 2019) aprovechándose por momentos de la pandemia del SARS-CoV-2 con el fin de engañar u ocultar la información en algunos casos (Valencia-Grajales, & Marín-Galeano, 2020) y de esa forma utilizar la misma como mecanismo que impide al morador acceder a la información, ante instituciones cerradas o la incapacidad de los usuarios que no manejan las redes. Finalmente en este proceso los únicos que han salido fortalecidos son los operadores urbanos que han revitalizado sus operaciones (Calvache Sepúlveda, 2021).
Bibliografía
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Valencia-Grajales, J. F., & Marín-Galeano, M. S. (2020). SARS-CoV-2 y la debacle del Estado, la justicia, la democracia, el capitalismo y el inicio de la era de la vigilancia. Ratio Juris UNAULA, 15(30), 15–34. https://doi.org/10.24142/raju.v15n30a1
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Notas:
[1] Docente investigador Universidad Autónoma Latinoamericana (UNAULA). Abogado Universidad de Antioquia, Politólogo Universidad Nacional de Colombia, Sede Medellín, Especialista en Cultura Política: Pedagogía de los Derechos Humanos, Universidad Autónoma Latinoamericana (UNAULA), Magíster en Estudios Urbano Regionales de la Universidad Nacional de Colombia, Sede Medellín, estudiante del doctorado en conocimiento y cultura en América Latina Ipecal (Instituto Pensamiento y Cultura en América Latina, A.C.). Editor de la revista Kavilando y Ratio Juris. Orcid: https://orcid.org/0000-0001-8128-4903 Google Scholar: https://scholar.google.es/citations?user=mlzFu8sAAAAJ&hl=es. Email: editor.ratioojuris@unaula.edu.co
[1] Investigadora Kavilando, Abogada y Socióloga de la Universidad de Antioquia, Doctora y Magíster en Derecho Procesal de la Universidad de Medellín, Abogada Litigante y Consultora en Investigación Social. Orcid: https://orcid.org/0000-0002-9446-8768 Google Scholar https://scholar.google.es/citations?user=1x5m4ywAAAAJ&hl=es. Email: maydasoraya@gmail.com
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