Demandada Convocatoria para medición de grupos de Investigación Colciencias, Colombia

Linea Territorio y despojo

Por: David Ernesto Llinás Alfaro 

La convocatoria Colciencias 693 de 2014 viola el principio de Autonomía Universitaria contenido en el artículo 69 de la constitución política y desarrollado por la Ley 30 de 1992

COLCIENCIAS1

La Ley 30 de 1992, dispone que uno de los aspectos en los cuales son autónomas esas instituciones, es en la definición de la organización de: “sus labores foramtivas, académcias, docentes, científias, culturales y de externsión” ( numeral D, del Artículo 29 de la citada Ley 30)

“No sobra decir que la autonomía ha sido entendida como la garantía de las universidades a la no intervención de autoridad alguna en sus ámbitos educativos, científico y académico. Así, cuando Colciencias ordena, a través de una delegación que nunca se llevó a cabo formalmente, que sean estas entidades las que deben verificar el cumplimiento de la totalidad de los requisitos previstos en la Convocatoria por parte de los grupos de investigación, y al advertir que podrá en cualquier momento efectuar una auditoría sobre la veracidad de los avales otorgados por las Universidades a dichos grupos, está extralimitándose en su funciones e inmiscuyéndose en actividades que se encuentran protegidas por la Constitución y por la Ley.”

“Así mismo se incurre en una violación flagrante del principio de no retroactividad de los actos administrativos, así como en la violación de los principios de igualdad y de buena fe constitucional, con lo que exige, existe una vulneración grosera de los artículos 13, 58 y 84 de la constitución política de Colombia así como del artículo 34 de la Ley 1268 de 2009, el cual establece que las ciencias sociales deben ser objeto de promoción y de financiación…”

… “hay conceptos de la dirección de fomento a la investigación de Colciencias que confiesan que delegar la tarea de la valoración de los artículos, libros y capítulos de libros productos de investigación (a entidades privadas como Thompson Reuters, Isi, Scopus) podría simplificar el trabajo de ese departamento administrativo; es decir, que en el marco de las convocatorias, COLCIENCIAS sí pretende desprenderse de sus funciones para que estas sean asumidas por terceros cuyo objetivo misional no es el mismo de Colciencias.

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