Bavaria, otra empresa grande sancionada por uso ilegal de pacto colectivo

Linea Territorio y despojo

Por: Agencia de Información Laboral- ENS

Por el mismo motivo ya fueron sancionados el banco BBVA y Telmex (Claro)

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El Ministerio de Trabajo resolvió a favor del Sindicato Nacional de Trabajadores Cerveceros de Bavaria (Sinaltraceba) una querella que éste presentó contra Bavaria S.A. por el uso indebido de Pactos Colectivos que esta multinacional cervecera viene imponiendo unilateral e ilegalmente, y la sancionó con una multa equivalente a 100 salarios mínimos legales mensuales vigentes, poco más de $64 millones.

La sanción fue proferida por la Dirección Territorial del Magdalena del Ministerio de Trabajo, al comprobar que el Pacto Colectivo que tiene Bavaria no cumple los requisitos contemplados en el Código Sustantivo del Trabajo, toda vez que este mecanismo de negociación no fue realmente negociado por las partes; y más grave aún: viene siendo usado como instrumento de discriminación antisindical en contra de la organización Sinaltraceba.

En la investigación quedó probado que Bavaria aplica un trato discriminatorio a los trabajadores sindicalizados, a quienes no les da oportunidad de ocupar cargos de acuerdo con su perfil, mientras que los beneficiarios del pacto colectivo sí son ascendidos, así no tengan el perfil requerido. Además, una cláusula del pacto obliga al trabajador beneficiario del mismo a devolver los beneficios si se retira del mismo, lo cual es una flagrante violación a la libertad sindical, pues claramente impide que los trabajadores se afilien al sindicato, so pena de tener que regresar todo lo recibido.

La querella presentada por Sinaltraceba hizo parte del paquete de 113 querellas que el año pasado, a través de los Centros de Atención Laboral, las centrales sindicales CUT y CTC interpusieron ante el Ministerio por uso indebido de pactos colectivos y planes de beneficios en igual número de empresas.

También BBVA y Claro

La sanción a Bavaria se suma a la que en abril pasado el Ministerio profirió a favor de los sindicatos bancarios UNEB y ACEB, y en contra el banco español BBVA, al que sancionó por el mismo monto: 100 salarios mínimos, y exactamente por las mismas razones: imposición de un pacto colectivo que contiene mejores beneficios que la misma convención colectiva, y que la empresa utiliza para contener y limitar la actividad de los sindicatos. El pacto impuesto en el BBVA afectó tanto la actividad sindical, que hoy la tasa de afiliación es de solo 22%, cuando hace 8 años era 40%, con el agravante de que los jóvenes no se están afiliando, no hay renovación.

E igual destino tuvo la querella presentada por el sindicato Utraclaro en contra de Telmex Colombia (Claro), empresa que fue sancionada por un valor equivalente a 50 salarios mínimos legales mensuales vigentes, exactamente $32´217.500.

De acuerdo con el numeral 2 del artículo 486 del Código Sustantivo del Trabajo (modificado por la Ley 1610 del 2013), la mayor multa que puede aplicar el Ministerio es de hasta 5 mil salarios mínimos. Pero en los casos del BBVA, Telemex Colombia y Bavaria se optó por sumas menores. El Ministerio se rehúsa a aplicar la mayor sanción en los casos relacionados con violación a la libertad sindical.

La multa de 100 salarios es tan baja que, según Robinson Larios, del Área de Defensa de Derechos de la ENS, no es disuasiva, no desestimula a los empleadores a seguir usando el pacto colectivo como estrategia de contención y eliminación de las organizaciones sindicales.

“Hay una discusión con el Ministerio en cuanto a la forma de tasar las sanciones en los casos de violación de la libertad sindical por uso del pacto colectivo. La multa aplicada a Bavaria es muy baja en proporción con el daño causado al sindicato y al tamaño de esta empresa. Una empresa con tanto bolsillo como Bavaria puede seguir pagando ese tipo de multas, y el pacto seguirá generando efectos negativos”, señaló el abogado Larios.

Anotó que el desmonte del pacto colectivo en una empresa solo lo puede ordenar un juez laboral. Este sería el paso a seguir por las organizaciones sindicales afectadas, por lo que se recomendaría a Sinaltraceba haga lo mismo en el caso de Bavaria, aprovechando que las sanciones en firme y ejecutoriadas por el Ministerio de Trabajo marcan precedentes importantes para la acción judicial.

La otra vía para los sindicatos es que logren afiliar a más de la tercera parte de los trabajadores de la empresa, caso en el cual el pacto no puede coexistir, ya que la convención colectiva se extendería a todos los trabajadores, incluidos los no sindicalizados.

La impronta antisindical de Bavaria

Rafael Maldonado Gamboa, presidente de Sinaltraceba, sindicato creado en mayo de 2012, recordó que el pacto colectivo fue instituido por Bavaria en junio de ese mismo año, inmediatamente después de que el sindicato presentó su pliego petitorio. “Fue una imposición unilateral, porque en ningún momento los trabajadores no sindicalizados propusieron un pliego, lo que viola el artículo 481 del Código Sustantivo de Trabajo”, señaló.

Y aparte de eso, durante 9 meses Bavaria se negó a negociar el pliego, por lo que ese mismo año recibió una sanción de la Dirección Territorial del Atlántico del Ministerio de Trabajo. La convención finalmente se firmó en diciembre de 2013, con vigencia hasta el 31 de agosto de 2015.

A estas estrategias Bavaria suma el acoso y la persecución a los trabajadores sindicalizados, dijo Maldonado. Recordó que hace tres años llamó a descargo a 46 trabajadores afiliados al sindicato, por negarse a trabajar los domingos, su día de descanso obligatorio, conducta que generó la desafiliación de 17 de ellos.

Publicado 11 de septiembre de 2015.

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