Por: José Fernando Valencia Grajales* y Mayda Soraya Marín Galeano**
Se descubrió como se viene aplicando una estrategia denominada Paz con Legalidad que no es otra cosa que una forma de imposición ideológica para no aplicar la Constitución y de paso el acuerdo como parte integral de esta

Imgen tomad de: Cuarto de Hora
Con la declaración emitida por la Corte Constitucional dentro del Expediente T-7987084 AC y que estuvo a cargo de la Magistrada ponente Cristina Pardo Schlesinger se encontró que luego de la revisión de 4 expedientes acumulados los cuales fueron interpuestas por los firmantes de la paz y miembros del partido político Comunes, quienes denunciaron amenazas en contra de sus vidas.
Se descubrió como se viene aplicando una estrategia denominada Paz con Legalidad que no es otra cosa que una forma de imposición ideológica para no aplicar la Constitución y de paso el acuerdo como parte integral de esta.
Es por ello que la Corte encontró que los derechos fundamentales a la vida, a la integridad personal y a la paz fueron vulnerados de forma directa por parte del Estado, especialmente por la Unidad de Protección y otras unidades del Estado, que justificaron su actuar en la falta de legitimidad, falta de presupuesto, cambio de unidad administrativa o simplemente estigmatizando.
Es por ello que el Tribunal ordeno directamente la realización de hechos puntuales en su favor.
La Corte aclaro que se venia presentando una serie de hechos victimizantes en contra de los firmantes tales como:
1. Alto número de personas firmantes asesinadas luego de la firma (más de 276 firmantes) (Arciniegas, 2021)
2. Bajo nivel de implementación de las normas (CEDIPO, 2021; El Espectador, 2021)
3. Y mas de 904 lideres sociales asesinados
Por lo anterior, considero que se presentaba un estado de cosas inconstitucional y por ello se ordenó:
1. Revaluar el riesgo de los firmantes de paz por parte de la Unidad de Protección
a. De los miembros de partido Comunes
b. Firmantes en proceso de reincorporación
c. Personas en condiciones similares
d. Familiares
e. Revaluar el riesgo de los esquemas de protección colectiva de los Espacios Territoriales de incorporación y recapacitación
f. Procuraduría debe adoptar vigilancia especial
g. Contratar o formar escoltas de los mismo
h. Sala de seguimiento
i. Gobierno y Consejo Superior de la judicatura adoptar no necesario para el cumplimiento de la creación de dicha sala de seguimiento.
j. JEP, suministrar información periódica sobre el auto SARAT 057 de 2020
k. Adoptar medidas para cumplir con las medidas de seguridad para la reinserción de los desmovilizados y familiares
l. Inicie los trámites para asignar el presupuesto suficiente
2. Cumplir con el decreto 299 de 2017 recursos humanos y físicos para la protección y la mesa técnica
3. Priorizar la protección por regiones de los 25 departamentos que la ONU alerto
4. Exigirle a las unidades departamentales y municipales desde el lenguaje asertivo, constructivo, empático para no reforzar lenguaje estigmatizador, que no permita el odio en el lenguaje
5. Cumplir el decreto ley 895 de 2017 con enfoques de género, étnico, campesino, multidimensional
6. Impulsar a ejecución del sistema integral de de garantías de seguridad, con enfoque integral género, étnico, campesino, multidimensional vigiladas por Comisión de Seguimiento, Impulso, Verificación e Implementación
7. Iniciar acciones de las instancias de alto nivel y de la comisión nacional de garantías de seguridad
8. Ordenar al Ministerio del Interior, Alta Consejería para la estabilización y consolidación y la Agencia para la reintegración y normalización adopten medidas concretas entre las PEDET y programas integrales de sustitución frente a la estrategia de seguridad nacional
9. Procuraduría debe divulgar las obligaciones de acciones de respeto y protección para los firmantes, lideres sociales, defensores de derechos humanos y organizaciones sociales y lideres políticos
10. Defensoría del pueblo informe a la fiscalía sobre las alertas tempranas sobre las personas con ocasión de riesgo en razón al proceso de paz y las investigaciones sobre las conductas punibles sobre los mismos para que la fiscalía cumpla frente a dichos hechos
11. Congreso proporcione el impulso para desarrollar los contenidos del acuerdo de paz sobre los represados que tienen origen en el acuerdo de paz
Como se puede observar lo que se viene presentando son una serie de hechs que van en contravía de acuerdo de paz y que los mismos se vienen acumulando con lo acaecido y observado por a ONU durante las manifestaciones, ya que las exigencias sociales no solo están determinadas por las necesidades provocadas por la profundad inequidad, sino por la fata de a implementación de acuerdo de paz.
No hay que olvidar que los procesos subversivos nacieron con fines de revolución, denuncia, reivindicación y en contra del estado que excluía, y afectaba directamente los derechos fundamentales de los ciudadanos, razón por la cual el acuerdo buscaba no solo reincorporar a sus miembros, sino revindicar los derechos de las comunidades rurales y urbanos excluidos.
Es por ello que también la Comisión Interamericana de Derecho Humanos en su informe luego de las protestas, recomienda el cumplimento de la Constitución Política de 1991, acerca del Estado social de derecho, democrático, participativo y pluralista que esta reforzada por el Acuerdo de Paz (CIDH, 2021).
Poniendo la lupa en las protestas, son por la inequidad en la distribución de la riqueza, la pobreza, la pobreza extrema, y el acceso a derechos económicos, sociales y culturales, en particular, educación, trabajo y salud el no cumplimiento de los y los Acuerdos de Paz de 2016 y la discriminación étnico-racial y de género. Arraigadas en la pandemia del COVID 19 (CIDH, 2021; Valencia-Grajales & Marín-Galeano, 2020; Insuasty Rodríguez, Valencia Grajales, & Restrepo Marín, 2017).
Sin embargo, el Estado continúa implementando las mismas lógicas del conflicto armado en la interpretación y respuesta a la actual movilización social y en la implementación del Acuerdo de Paz, estigmatizando desde el lenguaje institucional a los ciudadanos como enemigos que hay que combatir (CIDH, 2021; Valencia Grajales, Marín Galeano & Beltrán López, 2021).
Lo que es evidente, luego de la sentencia actual es que el Estado tendrá que cumplir a las malas lo que ha debido cumplir de forma diligente, si lo que pretendía era mantener la paz, pero finamente lo que se observa es que la paz con legalidad no es mas que una estrategia para incumplir con el proceso de paz y de paso convertir en enemigo de la seguridad nacional a todo que no acepte las imposiciones de visión e ideología que aboga por acallar a los firmantes, lideres sociales, defensores de derechos humanos y organizaciones sociales y lideres políticos
Bibliografía
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El Espectador (2021) ¿Y cómo va la implementación del Acuerdo de Paz en medio de la pandemia?
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CIDH (2021) Observaciones y recomendaciones de la visita de trabajo de la CIDH a Colombia realizada del 8 al 10 de junio de 2021, KAVILANDO https://kavilando.org/lineas-kavilando/conflicto-social-y-paz/8582-observaciones-y-recomendaciones-de-la-visita-de-trabajo-de-la-cidh-a-colombia-realizada-del-8-al-10-de-junio-de-2021
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1.Derivado de la línea Constitucionalismo Crítico y Genero dentro del Programa de investigación con código 2019 29-000029 de la línea denominado Dinámicas urbano-regionales, economía solidaria y construcción de paz territorial en Antioquia, financiado por la UNAULA Universidad Autónoma Latinoamericana, Redipaz, Universidad de San Buenaventura USB Medellín y grupo Kavilando.
2.Docente investigador UNAULA Universidad Autónoma Latinoamericana, abogado Universidad de Antioquia, politólogo Universidad Nacional de Colombia sede Medellín, especialista en Cultura Política: pedagogía de los derechos humanos UNAULA Universidad Autónoma Latinoamericana, Magister en Estudios Urbano Regionales de la Universidad Nacional de Colombia sede Medellín, estudiante del doctorado en conocimiento y cultura en américa latina Ipecal (Instituto Pensamiento y Cultura en América Latina, A.C.) editor de la Revista Kavilando, Revista Sociología UNAULA y Ratio Juris. Medellin, Colombia. Contacto: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
3. Directora Maestría en Derecho y Docente Investigadora de la Universidad Católica Luis Amigo, investigadora Kavilando, Abogada y Socióloga de la Universidad de Antioquia, Doctora y Magíster en Derecho Procesal de la Universidad de Medellín, Abogada Litigante y Consultora en Investigación Social. Orcid: https://orcid.org/0000-0002-9446-8768 Google Scholar https://scholar.google.es/citations?user=1x5m4ywAAAAJ&hl=es. Email: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
NOTAS:














