Mediante tutela presentada por familias de Brisas del Jardín y San José de la Cima II un juzgado de Medellín, ordena suspender desalojos, evacuaciones y demoliciones mientras se protegen sus derechos.

Por: Alfonso Insuasty Rodríguez*
La gestión del riesgo debería proteger la vida, prevenir y garantizar derechos. Sin embargo, cuando se reduce a evacuar, demoler y desplazar comunidades sin alternativas habitacionales dignas, puede terminar convirtiéndose en expulsión territorial.
En Brisas del Jardín y San José de la Cima II, comuna 3-Manrique, las familias enfrentan un proceso de evacuación y demolición asociado al riesgo generado por las quebradas La Tebaida, La Máquina y La Mansión. Organizaciones de derechos humanos han denunciado el despliegue de fuerza pública y cuestionado la ausencia de garantías suficientes para las personas afectadas.
Una tutela pone límites al desalojo
La controversia llegó a la justicia constitucional mediante la tutela 2026-00489-00. Según la información aportada por las comunidades, el Juzgado Veintinueve Penal Municipal de Medellín admitió la acción y decretó una medida provisional que ordena suspender las actuaciones de desalojo, evacuación o demolición sobre las viviendas comprendidas en el Informe Técnico No. 133938. También se solicitaron medidas relacionadas con el acceso al agua potable y el saneamiento básico.
La decisión introduce un elemento central, la gestión del riesgo no puede ejecutarse al margen de los derechos fundamentales de las comunidades.
Nadie discute que habitar una zona de riesgo no mitigable puede comprometer la vida y que el Estado tiene la obligación de prevenir desastres. Pero evacuar no puede ser el punto final. Cuando la reubicación sea indispensable, debe existir una ruta cierta hacia una vivienda digna y condiciones que permitan reconstruir la vida comunitaria.
La Corte Constitucional ha reiterado que las autoridades deben identificar y gestionar las zonas de riesgo, adoptar medidas de mitigación cuando sean posibles y garantizar procesos adecuados de reubicación cuando la permanencia resulte inviable.
ALERTA 🚨 Juez ordena PARAR EL DESALOJO, DEMOLICIONES y RECONECTAR LOS SERVICIOS PÚBLICOS DE AGUA Y LUZ en Manrique - El Jardín.
— AquinoTicias - José Luis Marín (@AquinoTicias1) September 16, 2026
Esto es una medida provisional mientras se responde de fondo la tutela. LA DIGNIDAD HUMANA Y LA VIDA por encima de todo, señor @FicoGutierrezpic.twitter.com/WIQqSUJBlo
Un territorio convertido en vitrina
La situación adquiere particular relevancia porque en estos mismos barrios se desarrolló Constelaciones, intervención de arte urbano que transformó cerca de 500 fachadas y 30 murales en un atractivo cultural y turístico. La propia Alcaldía presentó esta intervención como una estrategia de transformación urbana, promoción turística y generación de oportunidades económicas.
No existe evidencia suficiente para afirmar que Constelaciones sea la causa del actual proceso de evacuación o que la proyección de un mirador turístico lo sea. Pero la coincidencia territorial plantea resolver una duda legítima ¿cómo garantizar que la valorización cultural y turística de un territorio no termine separándose del derecho de sus habitantes a permanecer en él?
El barrio no es solamente una fachada, un mural o un destino turístico. Su valor está también en quienes lo habitan, en sus memorias y en las relaciones sociales que han construido durante décadas.
El riesgo no puede producir otro despojo
La política de prevención no puede terminar trasladando el costo de la vulnerabilidad exclusivamente a las familias populares. No basta con retirar a una comunidad de un lugar considerado peligroso y ofrecer un auxilio temporal de por si deficitario, de arrendamiento si no existe una solución definitiva. Proteger de un riesgo físico no puede significar producir simultáneamente inseguridad habitacional, económica y social.
Tampoco se trata de desconocer las condiciones ambientales. Muchas familias llegaron y permanecieron en estos territorios ante la ausencia de alternativas accesibles dentro del mercado formal de vivienda. La gestión del riesgo debe atender tanto la amenaza física como las causas estructurales de la vulnerabilidad.
Como plantea Harvey (2004), la transformación urbana puede vincularse a procesos de acumulación por desposesión cuando territorios construidos por comunidades son incorporados a nuevas dinámicas de valorización. Esta perspectiva exige, sin embargo, analizar cada caso con evidencia concreta y evitar establecer relaciones causales que no estén demostradas.
El derecho a permanecer
El caso de Manrique expresa una disputa más amplia por el derecho a permanecer, participar y decidir sobre el territorio. La ciudad no puede celebrar la transformación de un barrio popular cuando este adquiere valor turístico y, posteriormente, tratar a sus habitantes únicamente como población a retirar.
La gestión del riesgo debe integrar diagnóstico técnico, prevención, mitigación, atención de emergencias, participación comunitaria, protección diferencial y, cuando sea indispensable, reubicación digna y concertada.
La tutela admitida y la medida provisional que detiene las actuaciones de desalojo y demolición abren un espacio para revisar la respuesta institucional. El desafío ahora es que la protección judicial no se limite a suspender temporalmente una actuación, sino que permita construir una solución integral.
Prevenir no puede significar expulsar, transformar no puede significar despojar. Proteger la vida implica también garantizar dónde y cómo vivir después de la emergencia.
La tensión se profundiza y se centra en el modelo de ciudad que nos reafirma esta pregunta de fondo ¿para quién se planea y proyecta Medellín?
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*docente invstigador Universidad de San Buenaventura Medellin, parte de REDIPAZ y Grupo Autónomo Kavilando.
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Referencias
Alcaldía de Medellín. (2023, 18 de diciembre). ¿Qué hacer en Medellín? Constelaciones, un nuevo plan turístico. Alcaldía de Medellín. https://www.medellin.gov.co/es/sala-de-prensa/noticias/que-hacer-en-medellin-constelaciones-un-nuevo-plan-turistico/
Corte Constitucional de Colombia. (2022). Sentencia T-401 de 2022. https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2022/t-401-22
Corte Constitucional de Colombia. (2019). Sentencia T-502 de 2019. https://www.corteconstitucional.gov.co/relatoria/2019/t-502-19.htm
Harvey, D. (2004). El nuevo imperialismo. Akal.
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