Por: José Fernando Valencia Grajales[ii] Resumen
La necesidad de Formación profesional de la Fuerzas militares no es un tema nuevo, y por el contrario hacen parte de la discusión al interior de las fuerzas armadas del mundo ..

.. entre otras razones, por la necesidad del respeto de los derechos humanos que no aceptan su violación con la disculpa de que estaban cumpliendo órdenes jerárquicas, y segundo porque las fuerzas militares en los países occidentales ya no cumplen las mismas tareas que antes y especialmente porque el alto nivel tecnológico no admite un soldado regular que hoy es fácilmente reemplazable.
Para comenzar la discusión es necesario tener clara las categorías (Fuerzas Armadas, DIH, DH, y Educación) en que nos moveremos, la primera es que las fuerzas armadas se han constituido inicialmente para el saqueo (pictos, caledonios, sajones en Britania; frisones, francos, alamanes, burgundios, marcomanos, cuados, lugios, vándalos, jutungos, gépidos, godos Tervingios Greutungos ) (Heather, 2010, p. 239) y la construcción de imperios (Polibio, Historias, VI, 20,8; Livio, 1998, XLIII, 12,4-5.) para la protección y defensa nacional (Soboul, 1981), dichos ejércitos estaban instruidos en las artes militares y poco nada requerían de otro tipo de instrucción. Luego con la llegada del derecho internacional humanitario DIH, el cual solo tiene como finalidad la humanización de la guerra y es una invención conservadora, religiosa, humanista y ante todo occidental y nada tiene que ver con el socialismo o el comunismo como algunos sectores políticos de la sociedad colombiana engañosamente han intentado venderle a la ciudadanía, por medio de seudorelatos (haciendo creer que homicidio o baja es lo mismo) que no obedecen a la historia y por el contrario dependen de la destrucción de la misma.
La visión del DIH es inaugurada con Francisco de Victoria en el libro (De Jure belli Hispanorum in barbaros) relecciones sobre los indios y el derecho de guerra de 1539 en donde da límites al ejército español al momento de conquistar a los indios, comprendiéndolos como seres humanos y que después será reeditada Fray Bartolomé de las Casas. Después dicha percepción de la guerra occidental se reedita con Grocio[iii] quien en 1625 plantea en su libro De jure belli ac pacis la necesidad de humanizar la guerra y definir los limites dentro de las mismas, palabras que luego fueron reconceptualizadas por Kant en su texto La paz perpetua de 1795 donde propende por un orden que elimine las guerras o por lo menos las regule y en especial morigere la guerra.
Pero el DIH avanzara hacia los primeros acuerdos de nacionales que se darán en las Conferencia de Ginebra de 1864, que buscaba mejorar las condiciones de los heridos, luego las Conferencias de la Haya de 1899 y 1907, buscaban mejorar el anterior y constituir un tribunal internacional y la limitación de las armas, más adelante se darán los convenios de Ginebra de 1906, 1929 y 1949, a los que se suman los tres protocolos de 1977 y 2005, adicionados por los artículos 2 y 3 comunes que se aplican en tiempos de guerra o conflicto armado interno, aclarando que buscan mejorar las condiciones de los heridos, los prisioneros, las armas y proteger a la población civil entendiendo esta última como sujeto protegido internacional, razón por la cual los militares de alguna manera pierden derechos al portar el uniforme e igualmente están obligados a proteger dicha población. Como se puede observar en este aparte el militar cambia de condición, y ya no busca la protección de la nación a cualquier costo, y tampoco pretende realizar saqueos o conquistas, porque se le obliga a respetar la soberanía, la etnia, la religión, la cultura, los civiles y les impiden el saqueo en todos sus órdenes, porque se comienzan a entender como crímenes de guerra no eximentes de responsabilidad.
Luego nacerán los Derechos humanos como una especie de ramificación del DIH porque el tiempo verificara que era necesario construir una protección reforzada del ser humano como ser portador de derechos inalienables, imprescriptibles e irrenunciables, todos ellos fundados en la esfera de la dignidad humano, como repuesta a las barbaries como la de 1492, la conquista de América, las guerras mundiales y principalmente a causa de los genocidios que se realizaron en nombre de la guerra y el derecho como elementos nacidos del compromiso jerárquico que obligaba a los subalternos a matar aun cuando la conciencia, la emoción, la moral y la razón, indicaba otra cosa, como ocurrió los juicios de Núremberg (ONU PCNICC/2002/WGCA/L.1, 2002), por ello los estados que componen las Naciones Unidas, han venido trabajando en: la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (1965); Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966); Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (1966); Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (1979); Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes (1984); Convención sobre los Derechos del Niño (1989); Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares (1990); Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas (2006); Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad (2006); Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (2008); Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (1966); Segundo Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, destinado a abolir la pena de muerte (1989); Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer (1999); Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en los conflictos armados (2000); Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía (2000); Protocolo facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradante 2002; Protocolo facultativo de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad.
Pero los anteriores tratados tienen un fin vinculante y obligatorio para los estados y los mismos se ejecutan principalmente con la fuerza pública, es decir, que los derechos humanos son el principal ingrediente que tiene que conocer y aplicar las fuerzas militares en el mundo, para poder actuar hoy, ósea que no es posible en caso alguno operar hoy sin ninguno de los anteriores elementos DIH y Derechos Humanos DH. Por ello la cuarta categoría denominada educación se convierte en un referente obligado, y casi que inexcusable por los estados y con mayor razón por el presidente y las fuerzas armadas, porque su principal obligación, hoy no es tanto cumplir con la guerra, sino cumplir con el compromiso de aplicar los derechos humanos en el marco del derecho internacional humanitario, sin desconocer el mismo, con la disculpa que dicha legislación es para la guerra, y no para los conflictos internos denomínelos como los denomine el estado al interior.
Ahora bien, la cultura de los derechos humanos propende por unos militares que comprendan esos derechos humanos en su real dimensión, y no en la dimensión doctrinal que se les han venido aplicando a lo largo de los siglos, es decir, la visión de que el uniformado es diferente al ciudadano o que el civil es de menor valor o que el militar es de segunda clase. Sin embargo lo que no puede olvidarse es que el militar debe tener un mayor nivel de educación, porque de lo contrario no va a entender cuando se enfrenta a una etnia, que es una población marginada, cuales son las personas diversas, como proteger a las mujeres entendiendo sus derechos, comprender las dinámicas sociales y ser realmente un ente imparcial, que no juzgue y que a su vez obedezca con convicción y comprenda que su injerencia política es nefasta en el equilibrio de poderes, además de que comprenda porque en Colombia no tiene derechos políticos, debido a la historia que demostró que se concentraba el poder, se realizaban actos de barbarie por convicciones políticas o económicas, como ocurrió con la violencia en Colombia o la era de los paramilitares (Insuasty, Valencia Grajales & Agudelo Galeano, 2016; Insuasty, Valencia Grajales & Marin Restrepo 2017). Es decir debe entender el servicio como lo hacen los oficiales de la reina de Inglaterra que no se ríen, no se enojan y no se mueven de su posición de guardia a pesar de que la gente se haga al frente y les insulte, les haga chistes o simplemente los molesten.
Ahora bien, y regresando al tema de discusión, es evidente que lo que debe discutirse, no es si los militares actuales son o no inteligentes, si están o no en las fuerzas armadas porque no hay otras oportunidades laborales, o porque los tomaron a la fuerza o no, porque viene el postconflicto y no será necesaria tanta fuerza pública, atendiendo que hay casi un millón de efectivos, o si es el problema económico de que no hay para pagarles, e incluso si quienes están educados son los oficiales y no la tropa o la base. Lo que realmente hay que pensar es que se hace necesario educar a la tropa existente, y hay que exigir que la nueva ya venga educada o que al ingresar se le brinde la posibilidad de capacitarse de ejercer una carrera que contribuya al ejército y la nación (Valencia Grajales, 2011).
Pero lo anterior no debería ser tema de discusión, porque actualmente las fuerzas militares desde el gobierno de Santos y por intermedio del ministerio de defensa vienen cumpliendo con una nueva política pública que se ha venido construyendo en aras del postconflicto y ello se ve reflejado en lo que se conoce como Plan Estratégico Del Sistema Educativo De Las Fuerzas Armadas 2007-2019 PESE, el cual viene consolidando la educación de las fuerzas armadas en varios frentes como lo es la Reestructuración educativa de las fuerzas armadas; el proyecto educativo de las fuerzas armadas - PEFA 11-; el sistema educativo de las fuerzas armadas – SEFA; la construcción de principios y valores; la aplicación de políticas educativas; la misión y visión del sistema educativo de las fuerzas armadas; la conformación del mapa de procesos; la búsqueda de capacidades distintivas y oferta de valor; el planteamiento de objetivos del sistema educativo; el seguimiento y evaluación scorecard – BSC; el mapeo de la estrategia; teniendo un cuadro de mando integral; generando un análisis estratégico y modelando la matriz de perspectivas, objetivos, indicadores e iniciativas estratégicas.
Es decir, que es posible que las personas que responden desde el twitter y el Facebook e incluso los mismos periodistas desconozcan las características y cambios de la fuerza pública. Y ello se aprecia no solo en el plan educativo sino en el de inversiones en las Universidades Militares que hoy sobrepasan las 15 y con 5 Acreditas con alta calidad como la Escuela Militar de Cadetes, la Escuela Naval de Suboficiales, la Escuela de Suboficiales de la FAC, la Escuela Naval Almirante Padilla y la Dirección Nacional de Escuelas de la Policía Nacional, además de plantearse como reto las metas propuestas por la Asociación de Universidades Europeas (Ministerio de Defensa, 2008; CRES 2008) a ello se suma la ley 1861 de 2017 referente al reclutamiento y que en su Artículo 13, informa que el servicio militar obligatorio durara 18 y que se incluirá la Formación militar básica, Formación laboral productiva, la aplicación práctica y experiencia de la formación militar básica; adicionalmente informa en su Parágrafo 1. Que el servicio militar obligatorio para bachilleres será de 12 meses, quienes no tendrán formación laboral productiva en el ejército sino en el Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, cumpliendo los requisitos, ya adicionalmente a quienes no han terminado la educación básica secundaria pueden obtener su título de bachiller otorgado por la institución.
Y aunque lo anterior es loable, es necesario repensar dicha educación, ya que la propuesta está en dos sentidos, una es que quien se presente a enrolarse al ejército solo lo pueda hacer si el joven ya termino la carrera, tal y como lo hacen en España:
Estos criterios, unidos a las demandas de la sociedad, propiciaron la constitución de una Comisión Mixta Congreso de los Diputados-Senado, que determinó en 1998 los principios generales de un nuevo modelo de Fuerzas Armadas plenamente profesionales. De conformidad con el dictamen de la Comisión se promulgó la Ley 17/1999, de 18 de mayo, de Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas, que supuso la suspensión del servicio militar obligatorio.
La enseñanza de oficiales y suboficiales mantendrá la exigencia de una excelente formación militar, (...). Junto a esa formación militar, será requisito para acceder a las escalas de oficiales obtener un título de grado universitario y para las escalas de suboficiales, una titulación de formación profesional de grado superior.” (L 39/2007 de la carrera militar, preámbulo, V; Romero, 2013)
Y el otro sentido que también deviene de España en razón que allí se derogo el servicio militar obligatorio, por ende solo hay profesionales, ahora bien, Colombia por venir o devenir de la guerra y entendiendo que el estado debe apostarle a la educación, para lograr el escalamiento gradual de sus compromisos no puede en forma alguna desbandar las fuerzas militares, por razones estratégicas y porque el ejército en sí mismo se puede tornar en un replicador del conocimiento como en su momento lo hicieron los batallones de ingenierías antes de que aparecieran los ascensos y recompensas por los positivos, es decir, el ejército se puede tornar en una gran universidad y a su vez en el motor del progreso del país, manteniendo a sus reclutados no con una educación básica o productiva, sino aplicando educación universitaria de calidad, sin perder los términos y derroteros de la autonomía universitaria.
Bibliografía
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Notas:
[i] El presente texto es parte de la búsqueda teórica sobre las temáticas de la violencia y la criminalización de la pobreza en el marco de la investigación “Políticas públicas de seguridad en Medellín: repercusión en la criminalización de la pobreza” 27-000007 donde se analiza el cómo han impactado las políticas públicas de seguridad en la ciudad de Medellín implementadas durante los años 2010 – 2016 en la criminalización de la pobreza y dentro del acuerdo marco de la red interuniversitaria por la paz REDIPAZ, y dentro del acuerdo específico, se realiza la presente y funciona como insumo de futuras investigaciones.
[ii] Docente investigador Universidad Autónoma Latinoamericana, Unaula; Miembro de REDIPAZ; Abogado Universidad de Antioquia, Politólogo Universidad Nacional de Colombia sede Medellín, especialista en Cultura Política: pedagogía de los derechos humanos Universidad Autónoma Latinoamericana, Unaula; Magíster en Estudios Urbano Regionales de la Universidad Nacional de Colombia sede Medellín; estudiante del Doctorado en Conocimiento y Cultura en América Latina del Instituto Pensamiento y Cultura en América Latina, A.C., Ipecal; editor de la revista Kavilando y la revista Ratio Juris UNAULA, Medellín, Colombia. Contacto: Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo., Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.
[iii] Hugo Grocio, Holandés, Consejero de la Corte y Reino de Suecia, Embajador suyo cerca del Rey Cristianísimo. Síndico de Rotterdam y Delegado en la Convención de las Ordenes de Holanda y Westfrisia














