Ocho propuestas mínimas de estímulo a la participación de las regiones, los entes territoriales y los territorios.

Linea Formación, Género y luchas populares

La Habana, Cuba, sede de los
diálogos de paz, agosto 9 de 2013


En desarrollo de las propuestas para la Participación política
para la democratización real, la paz con justicia social y la
reconciliación nacional, se presenta el siguiente conjunto de
iniciativas correspondiente al quinto punto sobre Estímulo a la
participación de las regiones, los entes territoriales y los
territorios:

1.   
Diseños
institucionales para garantizar y promover la participación
política y social de las regiones, los entes territoriales y los
territorios.
2.    Ordenamiento
territorial para la democratización y la participación
política y social.
3.    Participación
política y social a través del Consejo de la
Participación territorial
4.    Participación
política y social  mediante la conformación de
la Cámara Territorial.
5.    Profundización
del proceso de descentralización y mayor participación
política y social en el nivel local.
6.    Recursos
adicionales para la descentralización y la participación
política y social.
7.    Creación
del Fondo de compensación para superar las
desigualdades sociales regionales, la pobreza y la miseria.
8.   
Medidas
extraordinarias para departamentos y regiones sometidos al abandono
estatal.

5.1
Diseños institucionales para garantizar y promover la
participación política y social de las regiones, los entes
territoriales y los territorios
Se promoverá la
participación política y social de las regiones, los entes
territoriales y los territorios, con fundamento en criterios de democracia
real y autonomía local. Tal rediseño apuntará a
erradicar y proscribir las estructuras y prácticas clientelistas,
corruptas, criminales, paramilitares y mafiosas, que caracterizan la
actual organización del régimen político, del sistema
político y de representación electoral, en el nivel
territorial. Estas medidas harán parte de la necesaria
reestructuración democrática del Estado y de la reforma
política y electoral.

5.2
Ordenamiento territorial para la democratización y la
participación política y social.
Se
proveerán las condiciones institucionales para el diseño
inmediato de un nuevo ordenamiento territorial que, atendiendo criterios
políticos, económicos, sociohistóricos y culturales,
y basado en la más amplia discusión nacional, conduzca a una
nueva organización político-administrativa del Estado que
dé vida jurídico-política a las Regiones y las
Provincias, fortalezca los territorios indígenas y
afrodescendientes, y reconozca y promueva los territorios campesinos,
incluidas las Zonas de Reserva Campesina. Estas entidades territoriales
contarán con sus propios mecanismos de participación
política y social, incidirán sobre los diseños y las
decisiones de política pública en el nivel nacional, sin
perjuicio de los Departamentos y los Municipios, cuyo lugar y funciones
serán ajustados en concordancia con el ordenamiento territorial
general.

5.3
Participación política y social través del Consejo de
la Participación Territorial.
Con miras a garantizar la
mayor participación política y social en la
definición de los asuntos nacionales y territoriales, en sus
aspectos políticos, económicos, sociales, ambientales,
presupuestales, administrativos y de ordenamiento, se creará el
Consejo de la Participación Territorial. Además de las
autoridades del nivel central, especialmente del Departamento Nacional de
Planeación y del Ministerio de Hacienda y Crédito
Público, el Consejo contará con la participación de
representantes, elegidos en forma autónoma, de los gobernadores y
alcaldes, de las Regiones, de las Provincias, de los gremios
económicos y de las comunidades campesinas, indígenas y
afrodescendientes, y demás expresiones organizativas sociales y
populares. Se crearán Consejos de la participación
territorial en los niveles regional, provincial, departamental y
municipal.

5.4.
Participación política y social mediante la
conformación de la Cámara Territorial.
Se proveerán los
correspondientes diseños institucionales para la creación de
la Cámara Territorial, que sustituirá a la actual
Cámara de Representantes. La Cámara Territorial se concibe
como parte fundamental de la organización institucional del poder
legislativo, orientada a garantizar la mayor participación de las
entidades territoriales en las definiciones políticas,
económicas, sociales, culturales y ambientales del Estado. La
Cámara Territorial se elegirá en circunscripciones
territoriales y circunscripciones especiales. Las circunscripciones
territoriales corresponden a los departamentos y al Distrito Capital de
Bogotá. Cada circunscripción territorial tendrá
cuatro (4) representantes. Veinte (20) curules adicionales se
distribuirán y elegirán atendiendo criterios poblacionales.
Las circunscripciones especiales corresponden a las comunidades
campesinas, indígenas y afrodescendientes. Cada una de estas
comunidades tendrá derecho a cinco (5) representantes. Los
colombianos residentes en el exterior elegirán dos (2)
representantes. Las curules de la Circunscripción especial de paz,
para permitir y garantizar la participación de las FARC-EP y de los
partidos o movimientos políticos y sociales que surjan como
resultado de la firma de un eventual acuerdo de paz en la Cámara
Territorial, se definirán en el Acuerdo final.

5.5.
Profundización del proceso de descentralización y mayor
participación política y social en el nivel
local.
Con el propósito de
propiciar la mayor participación política y social se
profundizará el proceso de descentralización. Ello implica
revertir las tendencias recentralizadoras, estimular la democracia y la
autonomía local, política, económica, administrativa,
fiscal, y en asuntos socioambientales, mediante la redefinición de
competencias y la asignación incremental de recursos por parte del
Gobierno central a los entes territoriales. En igual sentido, se
rediseñarán los diferentes mecanismos de
participación en el nivel local, posibilitando de manera efectiva
una mayor capacidad decisoria sobre los asuntos políticos,
económicos, sociales y ambientales locales.

5.6.
Recursos adicionales para la descentralización y la
participación política y social.
Con miras a fortalecer el
proceso de descentralización y proveer recursos para la
participación política y social en el nivel territorial, se
reformará el régimen del Sistema General de Participaciones,
garantizando una asignación de recursos calculada como
proporción de los Ingresos Corrientes de la Nación (ICN), la
cual deberá incrementarse continua y gradualmente hasta alcanzar un
mínimo del cincuenta (50) por ciento de los ICN en un
término de cinco años. Los recursos asignados
privilegiarán la financiación de la oferta pública
estatal, para atender prioritariamente las necesidades en educación
y salud, y seguidamente otros gastos sociales en saneamiento básico
y agua potable, cultura y recreación. Garantizada una oferta
suficiente, se podrá asignar adicionalmente recursos en
función de la demanda, esto es, de la población atendida y
por atender. De igual manera, sin perjuicio de la necesidad de un
rediseño a fondo del régimen de regalías, en extremo
leonino para las empresas transnacionales, el Sistema General de
Regalías será reformado en lo concerniente a su
composición: El sesenta (60) por ciento del Fondo de Ahorro y
Estabilización, que actualmente puede alcanzar hasta el treinta
(30) por ciento del total de los recursos de regalías, será
reasignado para concurrir en la financiación del proceso de
descentralización, e incorporado al Presupuesto General de la
Nación. Se atenderán los mismos criterios de
asignación de recursos para el Sistema General de Participaciones,
y se incluirá la destinación de recursos para la
financiación de la infraestructura de vías secundarias y
terciarias. Se establecerá un porcentaje de esta fuente para
garantizar y promover la participación política y social en
el nivel territorial.

5.7.
Creación del Fondo de compensación para superar las
desigualdades sociales regionales, la pobreza y la miseria.
En el entendido de que una de
las garantías para la participación política y social
consiste en la provisión de condiciones materiales que la
posibiliten y, por tanto, en el mejoramiento de las condiciones de vida de
la población, se creará el Fondo de compensación para
superar las desigualdades regionales, la pobreza y la miseria. Dicho Fondo
se destinará a las regiones y territorios que registren los mayores
índices de desigualdad, pobreza y miseria respecto de la media
nacional, así como a la atención de las zonas marginales de
los principales centros urbanos. El Fondo será concebido como
complementario del Fondo de Compensación Regional del Sistema
General de Regalías y hará parte del Presupuesto General de
la Nación. Sus fuentes de financiación se fundamentan en un
criterio de redistribución progresiva del ingreso basado en el
principio que quienes más rentas y patrimonio tienen, más
impuestos deben pagar. Las fuentes principales provendrán de los
impuestos a la gran propiedad sobre la tierra y al latifundio
improductivo, así como del aumento del impuesto a la renta a los
grandes contribuyentes, incluidas las empresas transnacionales, y en
especial al capital financiero. El aumento de los impuestos debe acercar
al país al menos al nivel de tributación más bajo de
los países que conforman la OCDE. Recursos adicionales
provendrán de la reducción del gasto en seguridad y
defensa.

5.8.
Medidas extraordinarias para departamentos y regiones sometidos al
abandono estatal.
Se emprenderán
acciones de manera inmediata para enfrentar los problemas de hambre,
pobreza extrema y miseria de los departamentos de Chocó, Cauca,
Córdoba, La Guajira y Magdalena, definidos por el DANE como los
departamentos más pobres de Colombia en 2012. Chocó y Cauca,
por registrar los índices más elevados de pobreza, con el 68
y el 62.1 por ciento, serán objeto de medidas extraordinarias. Para
tal efecto, se destinarán recursos provenientes del Fondo de
compensación para superar las desigualdades regionales, la pobreza
y la miseria. La destinación específica de los recursos se
definirá con la participación de las comunidades sometidas
al abandono estatal.


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