Por: Alfonso Insuasty Rodríguez* Desinformemonos. / El reciente reconocimiento formal de las ETIs en Colombia marca un avance histórico, pero, su futuro está en disputa. Entre autonomía real y reconfiguración del despojo, los pueblos enfrentan un nuevo ciclo de lucha por el territorio, la vida y el control de sus destinos.

Tras más de tres décadas de omisión legislativa, la formalización de las primeras Entidades Territoriales Indígenas (ETIs) en Colombia marca un punto de inicia y tensión en la materialización del mandato constitucional de 1991. En diciembre de 2025, el gobierno nacional reconoció ocho ETIs, principalmente en la Amazonía (Amazonas, Caquetá, Guaviare) y con proyecciones en territorios como La Guajira y el sur del país. Estas entidades inician su vida administrativa efectiva entre 2025 y 2026, en una fase aún transicional.
Se trata de una conquista histórica, vale aclarar que no se trata de una concesión estatal o de gobierno. Las ETIs fueron consagradas por la Constitución de 1991 (art. 286), pero bloqueadas por más de 30 años ante la ausencia de una Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial (LOOT), negando en la práctica el carácter político de los pueblos indígenas (República de Colombia, 1991). Su reciente formalización mediante decretos corrige parcialmente esta deuda, habilitando gobierno propio, gestión directa de recursos y relaciones de “gobierno a gobierno”.
Sin embargo, este avance no puede leerse de forma ingenua. Ocurre en medio de tensiones estructurales que suman un colonialismo burocrático, acelerada ampliación de la frontera extractiva y reconfiguración del poder paramilitar en territorios estratégicos. En ese cruce, las ETIs son a la vez logro y campo de disputa.
Este proceso se inscribe en una lucha más amplia por el pluralismo jurídico y la autodeterminación, en consonancia con el Convenio 169 de la OIT (OIT, 1989). No obstante, su consolidación dependerá de lo que ocurra en el terreno, en los territorios donde la autonomía no se decreta, se ejerce y se defiende.
Alcances: autonomía, recursos y reconfiguración del poder territorial
El reconocimiento de las Entidades Territoriales Indígenas (ETIs) implica una reconfiguración del orden territorial colombiano al materializar, aunque de forma aún incompleta, la autonomía política, administrativa y fiscal consagrada en la Constitución (arts. 286 y 330) y en el Convenio 169 de la OIT (República de Colombia, 1991; OIT, 1989). Esto habilita el ejercicio de gobiernos propios en coherencia con sistemas normativos y autoridades tradicionales, desplazando la histórica subordinación institucional.
En el plano fiscal, la gestión directa del Sistema General de Participaciones (SGP) rompe con intermediaciones que reprodujeron clientelismo y captura de recursos, fortaleciendo la capacidad decisoria indígena y reconfigurando las relaciones intergubernamentales hacia un pluralismo territorial efectivo (Bonilla, 2017; Rodríguez Garavito, 2012). A su vez, el reconocimiento institucional pleno abre la posibilidad, aún en disputa, de relaciones de “gobierno a gobierno”, con implicaciones reales en la redistribución del poder político.
Estos avances no son meramente administrativos, abren la posibilidad de proyectos territoriales alternativos, anclados en Planes de Vida, el Buen Vivir y racionalidades no extractivas. Como plantea Escobar (2014), se trata de una disputa ontológica por el sentido del desarrollo y la vida.
Sin embargo, la autonomía formal no equivale a autonomía real. En contextos de desigualdad estructural, violencia persistente y presión extractiva, el reconocimiento jurídico puede coexistir con despojo y cooptación, especialmente en territorios estratégicos por su riqueza mineral, hídrica y biodiversa (CNMH, 2013; Svampa, 2019). En esta línea, nociones como “tierras disponibles” promovidas por organismos multilaterales legitiman la incorporación de estos territorios a circuitos globales de acumulación, invisibilizando las territorialidades existentes (Deininger et al., 2011) y facilitando procesos de land grabbing, ampliamente documentados por el Oakland Institute.
Riesgos: colonialismo burocrático y memoria de la contra-reforma
El principal riesgo es la reproducción de un “colonialismo burocrático”: la imposición de marcos estatales homogéneos que desconocen las lógicas comunitarias. Esto se expresa en sistemas de control fiscal y contratación ajenos a economías propias, exigencias de “recursos propios” incompatibles con formas de reciprocidad, y la inseguridad jurídica derivada de la ausencia de una LOOT definitiva.
Como advierte Aníbal Quijano, la colonialidad del poder persiste bajo formas institucionales aparentemente inclusivas (Quijano, 2000). El reconocimiento, en este caso, puede operar como dispositivo de regulación y domesticación de la autonomía.
Esta advertencia no es abstracta. Los avances normativos de los años noventa —Constitución de 1991, Ley 70 de 1993, Ley 160 de 1994, Decreto 2164 de 1995— desencadenaron una contra-reforma violenta impulsada por élites agrarias, sectores empresariales y actores armados. El paramilitarismo operó como instrumento de reconfiguración territorial, consolidando un modelo feudal-neoliberal mediante despojo, terror y acumulación de tierras (Gutiérrez Sanín, 2014; CNMH, 2013). Urabá fue laboratorio de esta estrategia, luego expandida a escala nacional.
El resultado fue una profunda transformación del mapa agrario: millones de hectáreas despojadas y concentradas en función de intereses privados (CNMH, 2013). Esta memoria histórica obliga a leer el presente sin ingenuidad.
Presente en disputa: re-ingeniería del paramilitarismo
La implementación de las ETIs ocurre hoy en un contexto de reconfiguración del poder armado y económico. El paramilitarismo no desapareció: mutó hacia formas más complejas, articuladas con economías legales e ilegales y con redes político-empresariales, configurando una matriz de criminalidad-empresa-Estado (Zuluaga Cometa & Insuasty Rodríguez, 2020).
Esta re-ingeniería se expresa en control de territorios estratégicos, expansión de economías extractivas (legales e ilegales), cooptación institucional y captura de rentas públicas. En este escenario, los territorios son el núcleo de la disputa civilizatoria: acumulación versus vida (Escobar, 2014).
Así, las ETIs son simultáneamente una conquista y un espacio en disputa: pueden consolidar autonomía o ser capturadas por las mismas lógicas que históricamente han despojado los territorios.
De la formalidad a la autonomía real (una tarea en disputa)
El reconocimiento de las Entidades Territoriales Indígenas (ETIs) es un hito histórico, pero no cierra la lucha: la traslada a un terreno más complejo. El desafío es convertir el derecho en autonomía efectiva. Esto exige garantías reales de seguridad para las autoridades indígenas, fortalecimiento de los sistemas propios de gobierno y justicia, protección frente a actores armados y economías extractivas, y el reconocimiento vinculante de los Planes de Vida como horizonte de ordenamiento territorial.
Las ETIs pueden ser barreras frente al despojo, deforestación, minería ilegal, expansión extractiva, si articulan saberes ancestrales con estrategias políticas y jurídicas de defensa. Pero su viabilidad dependerá de la correlación de fuerzas en los territorios y de la capacidad colectiva para sostenerlas.
La historia colombiana obliga a no idealizar: los avances en derechos territoriales han sido respondidos con violencia para imponer modelos de acumulación basados en el despojo. Hoy esa lógica persiste bajo nuevas formas, en una reconfiguración del poder mafioso-paramilitar que continúa disputando territorios estratégicos.
En este escenario, las ETIs son conquista y trinchera. No basta su formalización: requieren organización, movilización y vigilancia permanente. La autonomía no se concede; se ejerce y se defiende. Lo que está en juego no es solo la gobernanza indígena, sino el sentido del territorio: mercancía o vida.
Llamado a las universidades. Frente a este momento, la academia no puede limitarse a describir. Se requiere una universidad situada, crítica y comprometida: que investigue con los pueblos y no sobre ellos, que dispute los marcos que legitiman el extractivismo, y que ponga su capacidad técnica, jurídica y pedagógica al servicio de la defensa territorial. En contextos atravesados por violencia y despojo, la neutralidad es una forma de complicidad; el reto es asumir un papel activo en la construcción de autonomías reales y en la defensa de la vida.
Referencias.
Bonilla Maldonado, D. (2017). El constitucionalismo multicultural en América Latina. Bogotá: Siglo del Hombre Editores. https://siglodelhombre.com/libro/el-constitucionalismo-multicultural-en-america-latina/
Centro Nacional de Memoria Histórica (CNMH). (2013). ¡Basta ya! Colombia: memorias de guerra y dignidad. Bogotá: CNMH.
Centro Nacional de Memoria Histórica (CNMH). (2013). ¡Basta ya! Colombia: memorias de guerra y dignidad. Bogotá: CNMH. https://centrodememoriahistorica.gov.co/micrositios/informeGeneral/
Deininger, K., Byerlee, D., Lindsay, J., Norton, A., Selod, H., & Stickler, M. (2011). Rising global interest in farmland: Can it yield sustainable and equitable benefits? Washington, DC: World Bank. https://openknowledge.worldbank.org/handle/10986/2263
Escobar, A. (2014). Sentipensar con la tierra: nuevas lecturas sobre desarrollo, territorio y diferencia. Medellín: Ediciones UNAULA. https://biblioteca.clacso.edu.ar/Colombia/escobar/20160509031037/Sentipensar.pdf
Gutiérrez Sanín, F. (2014). ¿Una historia simple? Paramilitarismo y violencia en Colombia. Bogotá: Universidad de los Andes.
Oakland Institute. (2011). The great land grab: Rush for world’s farmland threatens food security for the poor. Oakland, CA: Oakland Institute.
https://www.oaklandinstitute.org/great-land-grab
Organización Internacional del Trabajo (OIT). (1989). Convenio 169 sobre pueblos indígenas y tribales. https://www.ilo.org/dyn/normlex/es/f?p=NORMLEXPUB:12100:0::NO::P12100_ILO_CODE:C169
Quijano, A. (2000). Colonialidad del poder y clasificación social. Journal of World-Systems Research, 6(2), 342–386.
República de Colombia. (1991). Constitución Política de Colombia. https://www.constitucioncolombia.com/titulo-11/capitulo-4/articulo-330
República de Colombia. (1993). Ley 70 de 1993. Bogotá: Congreso de la República.
Rodríguez Garavito, C. (2012). Etnicidad.gov: Los recursos naturales, los pueblos indígenas y el derecho a la consulta previa en Colombia. Bogotá: Dejusticia. https://www.dejusticia.org/publication/etnicidad-gov/
Svampa, M. (2019). Las fronteras del neoextractivismo en América Latina. Guadalajara: CALAS. https://calas.lat/sites/default/files/svampa_extractivismo.pdf
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