Con Política Pública pero sin protección. Moradores, Medellín.

Observatorio K.

Por: Alfonso Insuasty Rodríguez.*

Gracias a la lucha de las comunidades víctimas del desarrollo y la presión política en Medellín, se logró, en diciembre de 2019, que el Concejo expidiera la “Política Pública de Protección a Moradores y Actividades Económicas”, un gran logro. Pero, a más de 100 días del Gobierno de Quintero, esta política no garantiza nada, es letra muerta.

 

 

intercambio vial la 80

Escuchar mensaje de las comunidades victimas del desarrollo, al nuevo alcalde Quintero. Medellín.

 

La implementación de las obras de desarrollo en la ciudad de Medellín, como consta en diversos informes, investigaciones, debates municipales y audiencias públicas desarrolladas, vienen generando profundos impactos negativos en la vida de las comunidades, las familias y la personas que habitan los territorios a transformar.

Han sido varios los años de lucha de las comunidades para hacerse escuchar, para resistir ante una gestión social de la miseria, en tanto estas obras han impactado sus vidas, sus comunidades; les ha empobrecido aun más, afectando un patrimonio construido durante toda su vida, afectando sus actividades de las cuales derivan su sustento; también les han debilitado sus redes de apoyo, tejido social, borrándoles incluso la historia de su barrio, de su comunidad.

Fue así como los moradores, víctimas del desarrollo en Medellín, emprendieron un largo proceso de formación, articulación, lucha jurídica, presión social y política para proteger sus derechos, hacerse escuchar y dar vida a una figura de protección ya trazada, pero no tramitada, en el Plan de Ordenamiento Territorial de la ciudad de Medellín: crear la Política Pública de Protección a Moradores.

Fue así como las comunidades afectadas, junto con sectores académicos, políticos y apoyo de concejales como Luz María Múnera (Concejal 2017-2019), en su momento, lograron gestar un proceso de lucha y presión política que, finalmente, le diera vida a esta figura de protección.

El Concejo de Medellín expidió, a finales del 2019, el Acuerdo 145: “Política Pública de Protección a Moradores y Actividades Económicas”, el cual se publicó en la gaceta oficial N 4657 del 30 de diciembre de 2019.

Esta política pública, en su artículo 7, dispuso su alcance y beneficiarios:

Artículo 7o. Alcance y beneficiarios de la política pública: Tendrá un alcance municipal y se deberá implementar en las actuaciones urbanísticas y operaciones urbanas enmarcadas en los macroproyectos y planes parciales de renovación urbana, programas y planes de regularización, Iegalización y mejoramiento integral de barrios, así como en las obras públicas de infraestructura, el plan municipal de gestión del riesgo de desastres y la estrategia de respuesta a emergencias, con el fin de minimizar los movimientos involuntarios de los moradores y los impactos económicos, sociales y culturales, generados en razón de tales intervenciones. Se consideran beneficiarios de la presente política a todos los sujetos de derechos y obligaciones con relación al territorio que ocupan y que es impactado por una obra o intervención y/o la materialización de un fenómeno amenazante de origen natural o antrópico.

Y en su artículo 8, definió sus objetivos:

Garantizar el acceso a la protección, mejoramiento y sostenibilidad de los modos y medios de vida de los moradores de sectores objeto de intervención, como fundamento de intervención en el territorio, bajo un enfoque de derechos individuales y colectivos que contribuya al desarrollo humano integral y al ordenamiento territorial democrático y equitativo, a través de la aplicación de estrategias, procesos e instrumentos que direccionen las actuaciones de los actores públicos, privados, sociales y comunitarios.

Víctimas del desarrollo en Medellín

Gracias a una investigación realizada por la Red Interuniversitaria por la Paz (REDIPAZ), la Universidad Autónoma Latinoamericana (UNAULA), el Grupo Kavilando y la Universidad de San Buenaventura (USB), en articulación con las comunidades afectadas por algunos proyectos de desarrollo en la ciudad de Medellín, se registró un recorte de la dura realidad de la problemática.

Allí, a modo de muestra, se estudiaron los casos de Cable Picacho, Puente Madre Laura, Tranvía de Ayacucho, Vereda El Naranjal, Barrio El Naranjal, Parque Bicentenario. Losresultados se publicaron en el año 2018.

Se resaltaron, entre otras conclusiones, las siguientes:

La ausencia de censos estandarizados, claros y ordenados que prioricen grupos de especial protección constitucional, la falta de garantías de un justo pago de los predios; así mismo, los pagos que se lograban no cubrían el precio de una vivienda digna en la ciudad, no se garantizaban iguales o mejores condiciones de vida, los pagos no se realizaban en el mismo momento en que las familias eran desalojadas de sus viviendas, incluso, algunas casas se demolieron sin todavía ser pagadas.

Se evidenció, además, en el proceso de gestión social, que precede al incio de las obras, el uso de mentiras, engaños, tratos humillantes, amenazas de parte de entidades descentralizadas como el Instituto Social de Vivienda y Hábitat de Medellín (ISVIMED). Y se limitó y censuró el derecho a la protesta, pues en varios casos operó la represión de las manifestaciones y se registraron también amenazas de grupos ilegales.

Se limitó la participacion real de las comunidades a meros ejercicios de socialización de lo que ya estaba planeado y proyectado, limitando así el ejercicio democrático.

Se advertían, además, las afectaciones en la salud física y mental, en tanto aumentaron los síntomas de ansiedad, somatizaciones y depresión, pues enfrentan la pérdida de lo que habían construido durante su vida.

Se logró establecer, incluso, una suerte de re-victimización en tanto la mayoría de afectados por las obras han sido familias desplazadas por la violencia armada en Colombia, entre otras afectaciones (Osorio Álvarez, Insuasty Rodriguez, Mesa Duque , Valencia Grajales, & Borja Bedoya, 2019).

En el año 2019, esta alianza académia-organizaciones sociales presentó, a modo de informe y de manera directa a Soledad García Muñoz, relatora especial DESCA – Comisión Interamericana de Derechos Humanos-, un informe que daba cuenta de los efectos negativos de la implementación de las obras de desarrollo; se resaltó en este informe el incumplimiento de los acuerdos internacionales, de las Observaciones Generales de la ONU aprobadas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales 4 y 7 (ONU, 1991 y ONU, 1977), referidos a una vivienda adecuada y el desalojo forzoso; así mismo, el incumplimiento de las medidas trazadas por la Corte Constitucional en su sentencia T-239 de 2013 y la Sentencia C 750/15, entre otras disposiciones internacionales y nacionales incumplidas.

Es bien importante en este punto tener en cuenta que todas estas situaciones descritas, vulneran también los lineamientos desarrollados en el documento “Principios básicos y directrices sobre los desalojos y el desplazamiento generados por el desarrollo”, donde queda clara la garantía del derecho a una vivienda adecuada de las poblaciones sujeto de reasentamiento, que estos derechos no están supeditados a asuntos presupuestales y, por el contrario, advierte que se deben activar todas las instancia para que todas las personas, grupos y comunidades afectadas por la obra no solo tengan acceso a una vivienda adecuada sino, también, a una indemnización justa que contemple la pérdida de bienes personales, inmobiliarios, demás derechos e intereses relacionados con la propiedad, así mismo los daños físicos, mentales, materiales y la pérdida de ingresos (ONU, 2007).

Este documento, “Principios básicos y directrices sobre los desalojos y el desplazamiento generados por el desarrollo”, representa una evolución de las directrices que las Naciones Unidas emiten a los estados para garantizar los derechos humanos en relación con los desplazamientos basados en el desarrollo (ONU, 2008).

¿Por qué ocurre esto?

En Colombia, y en especial en Medellín, los planes de Desarrollo y los planes de Ordenamiento Territorial, por un lado, están supeditados a las directrices de la asistencia internacional para el desarrollo y, por otro, obedecen a los intereses de los sectores de poder, al sector privado inversor, que en cualquiera de los casos responde a las dinámicas de la economía global.

En este orden, los entes públicos municipales, departamentales y nacionales terminan siendo meros administradores de grandes proyectos del desarrollo al servicios de grandes inversionistas, sectores poderosos empresariales, élites económicas que priorizan la construcción de infraestructura para el flujo de mercancías: puertos, aeropuertos, puentes, transporte nacional y local, tecnología para el desarrollo empresarial, promoviendo así la readecuación de territorios rurales y urbanos para tales fines; como contracara, se alejan de la búsqueda del bien de las comunidades, poblaciones locales, familias e individuos, la defensas de su cultura, sus lógicas, dinámicas, saberes y necesidades.

Es esta, una realidad que se agrava en regiones, pueblos, comunidades golpeadas por la pobreza, la desigualdad, la desinformación, la violencia, con un tejido social y capacidad organizativa debilitada o inexistente.

En este contexto, evidenciamos que las ciudades se constituyen hoy en una suerte de grandes feudos del sector empresarial, donde los megaproyectos, los inversionistas globales y locales de poder, determinan el devenir, velocidad y priorización de la transformación urbana; ellos determinan la reubicación de la población en función de la implementación de esos megaproyectos ya trazados.

Este fenómeno, y sus consecuencias, son ocultadas, maquilladas, silenciadas por los medios y por la institucionalidad. Sin embargo, se hicieron evidentes en los diversos debates realizados a lo largo del 2019 en el Concejo de Medellín, las movilizaciones, plantones, comunicación en redes sociales, así mismo quedaron plasmadas en el informe entregado a la CIDH, en la audiencia pública del mes de noviembre en la Universidad de San Buenaventura, convocada por la Comunidad y gestionada por el representante a la Cámara por el departamento de Antioquia, Olmedo Ruiz, donde no solo se confrontó a las instancias municipales, sino que se evidenció el tamaño de las afectaciones. Vale resaltar que, en dicha audiencia, se llegó a unos acuerdos base, como la creación de una mesa de interlocución temporal entre las instituciones y los moradores afectados, así mismo, revisar la normatividad y acompañar a las comunidades en garantía de sus derechos ante estos atropellos.

Seguimos desprotegidos aún, ¿y la política pública?

Ya en el año 2020, contando con una Política Pública de Protección a Moradores y bajo una administración municipal, el atropello y desprotección de los moradores, continúa.

Es el caso de la comunidad afectada por el tranvía de Ayacucho, las comunidades afectadas por la construcción del cable Pichacho (Barrio La Paralela), donde se registró el cobro del impuesto predial de viviendas que ya no existen; de manera reciente, los atropellos sufridos por la comunidad afectada por el inicio de la obra Corredor Vial de La 80, quienes de múltiples maneras han hecho ver, sin mayor impacto, los efectos negativos de una intervención acelerada, descoordinada, con vacíos en la información. Allí se ha generado un alto grado de incertidumbre sobre el futuro de los propietarios, arrendatarios, empresarios y comerciantes, y se han evidenciado errores en los procesos y procedimiento, impactos ambientales y en la movilidad de la zona, generando alto estrés, cuadros de ansiedad y depresión. Un modus operandi reiterado que parece ya un modelo de intervención para el despojo (Zuluaga Cometa , Insuasty Rodríguez, & Palechor, 2019).

Las entidades municipales, ni las descentralizadas y menos las empresas constructoras, se hacen cargo, un juego complejo en el que se evade permanentemente la responsabilidad final.

Ahora bien, el pasado 24 de febrero de 2020, la comunidad afectada por el Intercambio Vial de La 80, apoyada por el Consultorio Jurídico de la Universidad Autónoma Latinoamericana (UNULA), dirigió una consulta vía derecho de petición a la Alcaldía de Medellín y a la Empresa de Desarrollo Urbano (EDU), buscando respuestas y acciones ante los constantes atropellos:

“1.         Solicitamos que se aplique de manera integral la Política Pública de Moradores Acuerdo 145 de 2019 del Concejo de Medellín.

  1. En caso de que NO se esté aplicando la política pública de protección a moradores, solicitamos se expongan las razones, argumentos y motivos políticos, jurídicos y técnicos para no adoptar esta política pública” (Derecho de petición, 2020).

Esta acción era parte de las diversas acciones y estrategias jurídicas, políticas y comunicativas ensayadas por la comunidad afectada. La respuesta que hizo llegar la Empresa de Desarrollo Urbano (EDU) era que es imposible aplicar la Política Pública de Protección a Moradores en tanto esta aún no se encuentra reglamentada; otro asunto más, de la estrategia de dilación institucional.

Este, un fragmento de la respuesta de la EDU:

“La Política Pública de Protección a Moradores, debemos indicar que el Concejo de Medellín, sancionó el Acuerdo No 145 de 2019 “Por el cual se crea la política pública de protección a moradores, actividades económicas y productivas del Municipio de Medellín – y se crean otras disposiciones” y lo publicó en la gaceta oficial N 4657 del 30 de diciembre de 2019, sin embargo el acuerdo no se ha reglamentado, en consecuencia aún no es aplicable a los propietarios, arrendatarios u ocupantes del proyecto. Por ahora, las indemnizaciones contempladas para estas personas están consagradas en la Resolución 898 del 2014, modificada por la 1044 de 2014 del IGAC y el Decreto Municipal 1091 de 2017” (Respuesta a solicitud a la EDU - Medellín, 2020).

Ahora bien, vale anotar que la Política Pública de protección a Moradores es enunciada y relacionada en el borrador de Plan de Desarrollo Municipal Medellín 2020-2023; allí se resalta su importancia: “Ahora bien, la forma como se ha ocupado históricamente la ciudad requiere una intervención integral que no vulnere los derechos de la población que habita en los territorios, esto ligado a la política pública de protección a moradores” (Alcaldía de Medellín, 2020). Además, se incluye en una de las cinco líneas estratégicas: Ecociudad, en el componente: urbanismo ecológico, programa: “Renovación urbana integral, transformación territorial y protección a moradores”, asignándosele un presupuesto total de 13.472 millones por los cuatro años 2020-2023, lo que equivale a un 1.8% del total a invertir en el Plan de Desarrollo Municipal, 18.2 billones. Asumimos que ante la crisis COVID-19 este Plan tendrá importantes ajustes. Esperamos allí se le dé relevancia y alcance real a esta Política Pública y se fortalezca el componente social y la histórica deuda con las laderas, campesinos y más vulnerables, para así garantizar el derecho a la ciudad.

Vale resaltar que la figura de “renovación urbana” genera graves afectaciones, generando choques en las comunidades; además, se advierte que este borrador de Plan de Desarrollo no presenta ningún avance real que haga frente a esa histórica deuda de inversión social en barrios de ladera, destina por ejemplo solo un 0,01% al Mejoramiento Integral Barrial y para los corregimientos un 0,23% del presupuesto.

La función real de una política pública es, por un lado, garantizar derechos humanos, sobre todo para las comunidades más pobres y vulnerables; así mismo, es de su esencia brindar herramientas que identifiquen y resuelvan problemas sociales, en este caso problemas derivados de los procesos de desarrollo que afectan la calidad de vida de los moradores.

Así que se requiere mayor voluntad política de los gobernantes, para que ésta política pública sea viable, aplicable, efectiva, eficaz, tenga aplicabilidad real.

A modo de conclusión

Queda claro es que estamos ante un problema de fondo y que obedece a la pregunta: ¿quién planea y para quién la ciudad?, ¿sobre qué idea de ciudad se proyecta? y ¿si sus habitantes reales y concretos caben en dicha ciudad?

Es esta Medellín, una ciudad para el mercado, que parece no contemplar las necesidades de su gente, su realidad.

Por ello, el llamado a las comunidades, organizaciones sociales y populares, va en doble línea: Por un lado, a corto plazo, redoblar la lucha, la capacidad organizativa-social para defender derechos y exigir el cumplimiento de las políticas públicas ya aprobadas; de ser el caso, generar nuevas que busquen resolver tantas y profundas problemáticas de ciudad. Es este, un asunto de suma importancia y de primer orden, pero no el esencial.

Por otro lado, pensando en lo esencial a mediano y largo plazo, el llamado es a fortalecer lazos entre las comunidades y organizaciones para pensar la ciudad desde abajo, definir sus bases, sustento, así, de manera colectiva; construir Agenda Pública Popular, comunitaria, que dé sustento a un Plan de Ordenamiento Territorial Popular y comunitario que podamos presionar, pensando por ejemplo en el 2027, fecha en la que se supone se debe replantear o construir un nuevo POT en la ciudad.

Urge avanzar hacia un plan político y de acción que busque resolver los problemas reales de esa ciudad desigual, en crisis ambiental, con déficit de vivienda, hacinada, con una histórica deuda social; que no ha resuelto problemas básicos como el acceso al agua potable, servicios básicos; bajar esos altos índices de desempleo, informalidad, desnutrición, violencia, deserción escolar, criminalidad, pensar una ciudad que en realidad y de manera efectiva proteja a sus moradores. Ser capaces de planearnos dicha ciudad a mediano y largo plazo, es el reto.

Esta es una tarea que no podemos delegar y debemos asumir

  • Docente Investigador Universidad Autónoma Latinoamericana, integrante de la Red Interuniversitaria por la Paz REDIPAZ, y el Grupo de Investigación y Editorial Kavilando.

Referencias bibliográficas

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Respuesta a solicitud. EDU - Medellín, Radicado EDU Número 202020003274 - 100.3.1 - 2020300002112 (EDU 12 de marzo de 2020).

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