Por: José Fernando Valencia Grajales*
La incoherencia es impartir una orden tendiente a posponer las manifestaciones con fundamento en un fallo que analizó unos hechos y pretensiones muy diferentes a las medidas adoptadas en el actual auto del 27 de abril del 2021. Es decir el objeto de la decisión, nada tiene que ver con el objeto de la tutela inicial. Estamos ante una orden que se sustenta en un derecho injusto.





















