Victoria para las víctimas: Corte Constitucional revive las curules de paz en el legislativo

Linea Conflicto Social y Paz

Por: Redacción Judicial. El Espectador

La corporación avaló las curules de paz en el Congreso de la República tras la revisión de una acción de tutela que interpuso el senador Roy Barreras.

 

 

curules victimas 

Fue la ponencia del magistrado Alejandro Linares la que le dio vida a las curules de paz. El proyecto de ley que se hundió en el Congreso de la República en 2017 tenía como iniciativa que las víctimas del conflicto armado tuvieran voz y voto en el legislativo. Aunque la iniciativa que surgió del acuerdo de paz se cayó con las votaciones de los congresistas, el senador Roy Barreras luchó para que se mantuvieran. Para ello interpuso una acción de tutela que llegó al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, y en primera instancia, se negaron sus pretensiones. En la Corte Constitucional le dieron el espaldarazo.

 

 

 

Esta medida del Acuerdo Final se tomó con el objetivo de lograr una mejor integración en zonas especialmente afectadas por el conflicto y la débil presencia institucional, y como medida de reparación y de construcción de paz, el Gobierno Nacional se obliga a crear en estas zonas un número total de 16 Circunscripciones Transitorias Especiales para la Paz, para la elección total del mismo número de Representantes a la Cámara de Representantes de manera temporal y por dos periodos electorales.

El magistrado ponente aseguró que para tomar la determinación tuvo en cuenta el Acto Legislativo 2 de 2017 y la “buena fe”. En ese caso, el ponente consideró que “los tratados deben ser formalmente acatados y cumplidos de buena fe, esto es, con la voluntad de hacerlos efectivos”. De ahí que considere que Colombia debe cumplir con sus obligaciones internacionales que tienen evidente sustento constitucional dado que la Carta Política señala que las actuaciones de las autoridades deben ceñirse a los postulados de la buena fe, norma que se aplica también a las relaciones internacionales.

 

 

 

El magistrado basó también su estudio en las pruebas que pidió en diciembre pasado a los secretarios generales del Senado y la Cámara de Representantes con el fin de que remitieran documentos relacionados con el Acto Legislativo No. 05 de 2017 Senado, 017 de 2017 Cámara. Con dichos documentos buscaba conocer la ponencia de primer y segundo debate, así como las actas de discusiones que llevaron a que el proyecto se hundiera.

Pese a que los argumentos de su parte estaban claros el debate en Sala Plena estuvo caldeado. Fue una votación de 5-3 la que le dio vía libre a las curules. El magistrado Antonio José Lizarazo no estuvo en la discusión debido a que se encontraba impedido. Además de ello tuvieron en cuenta la recusación que presentó la congresista María Fernanda Cabal en contra de Linares, porque supuestamente era a fin con el expresidente Juan Manuel Santos. Esta consideración no prosperó.

Por su parte, el senador Roy Barreras celebró la determinación del alto tribunal. “El acuerdo de paz que firmamos puso en el centro a las víctimas. Agradezco y celebró que la Corte Constitucional haya acogido la tutela que interpuse en favor de los nueve millones de víctimas y de la paz de Colombia. Con la decisión de la Corte solo las víctimas podrán ser elegidas en esas 16 curules. Se corrige la injusticia que para muchos significa que hubiera curules para los victimarios, pero no para las víctimas y hemos logrado superar el obstáculo interpuesto durante todos estos años por el Centro Democrático que nunca quiso reconocer el derecho a las víctimas”.

 

 

 

Para el político es importante comprender que el espaldarazo de la Corte abre el camino a generar una representación política en lugares que han sido azotados por la violencia. “Será muy importante comprender que esta representación permite la reparación integral de los 16 territorios que se conocen como PDETS que son las zonas más lastimadas por el conflicto. Es allí donde se necesita la representación política de las víctimas para reclamar su acueducto, su alcantarillado, sus vías y sus carreteras porque es allí donde todavía se padece el olvido del Estado”.

El senador celebró que la Corte le diera el aval a las víctimas aún cuando entidades le solicitaban que se emitiera una decisión negativa. En abril pasado, por ejemplo, la Procuraduría en cabeza de Margarita Cabello, le pidió a la Corte confirmar el fallo del Tribunal de Cundinamarca. En el concepto enviado al alto tribunal, el Ministerio Público advirtió que la normatividad no tiene la vocación de reparar a las víctimas.

“Las razones que fueron puestas de presente en el debate parlamentario para no apoyar la reforma constitucional en comento, no son arbitrarias, ya que constituyen preocupaciones legítimas, como lo es el hecho de que la normatividad no tiene la vocación de reparar a las víctimas y, en cambio, facilita la captación de las curules por parte de sus victimarios”, reposa en el documento.

La Procuraduría indicó que la solicitud del senador no cumplió con el requisito de inmediatez, ya que, entre la fecha del debate, realizado el 30 de noviembre de 2017, y el día en que fue radicada la tutela, 31 de mayo de 2019, transcurrió más de un año y medio, lapso que no resulta “razonable en atención a las pretensiones de la tutela instaurada”. El Ministerio Público precisó que el recurso de tutela tampoco cumple con el requisito de subsidiaridad, porque cuestiona una decisión de la Mesa Directiva del Senado de la República cuyo control de constitucionalidad y legalidad se tramita en la Sección Primera del Consejo de Estado.

tomado de: https://www.elespectador.com/judicial/victoria-para-las-victimas-corte-constitucional-revive-las-curules-de-paz-en-el-legislativo/

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