Por: REDIPAZ
El pasado 23 de agosto de 2018, en el Salón Boyacá del Congreso de la República, se realizó la audiencia pública sobre Hidroituango y la necesaria transición energética en Colombia.
De víctimas del conflicto armado a víctimas del desarrollo. Hidroituango.
El pasado jueves 23 de agosto de 2018 fue convocada por las representantes a la Cámara David Racero, de la lista de Decentes, y León Fredy Muñoz, del partido Alianza Verde, la aducia pública sobre Hidroituango y la transición energética en Colombia, quienes además invitaron a la sesión a los senadores Aída Avella, Antonio Sanguino, Edwin Fabián Díaz, María José Pizarro, Alberto Castilla y Omar de Jesús Restrepo.
Hicieron presencias representantes de las comunidades campesinas, barequeras, indígenas afectadas por esta mega obra, así mismo la academia comprometida con los derechos de las comunidades y del medio ambiente, organizaciones, ONG, hicieron también sus aportes en este importante escenario.
La Red Interuniversitaria por la Paz (REDIPAZ) y Kavilando hicieron presencia presentando un breve resumen de los informes elaborados en el marco de la Sala de Crisis Social creada gracias a la gestión de la concejal de Medellín Luz María Múnera con el fin de hacer acompañamiento e investigación a favor de los derechos de las comunidades, del patrimonio público y del medio ambiente en esta región afectada por la tragedia provocada por hidroituango.
El Gobierno central y departamental como la Agencia Nacional de Licencias Ambientales (ANLA), el Ministerio de Minas, CorAntioquia, el Departamento Administrativo para la prevención y atención de desastres de Antioquia (Dapard), la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo (Ungrd) y el Ministerio de Ambiente, quienes respondieron a las inquietudes planteadas por los representantes Racero y Muñoz.
Es de anotar que ni el Gobernador de Antioquia Luis Pérez, ni el Alcalde de Medellín Federico Gutierrez, ni EPM hicieron presencia ni atendieron el llamado de los convocantes a esta importante audiencia.
Vale decir que éste, es un paso más en el proceso que desde Sala de Crisis se ha logrado ir desarrollando para visibilizar y clamar justicia a los responsables de esta tragedia, ya se han realizado varias visitas a territorio, dos Comisiones Accidentales y un debate de control político en el Concejo de Medellín y ahora se logra este ejercicio de orden nacional, se espera con ello avanzar hacia un debate de control político en el Congreso de la República.
De víctimas del conflicto armado a víctimas del desarrollo. La responsabilidad que se deriva de la tragedia del proyecto Hidroituango
Diversas investigaciones en el mundo y en Colombia, han demostrado que las actividades minero-energéticas afectan de manera grave e irreversible la estructura ecológica principal, en sus componentes de suelo, agua, biodiversidad, paisaje, e inciden negativamente en el cambio climático y en la generación de riesgos, tanto a las vidas humanas, como a la infraestructura vial y de servicios públicos de los municipios.
Si bien, la implementación de megaproyectos de este tipo puede sostenerse sobre las premisas de prosperidad, bien común y beneficios compartidos, las actividades desarrollistas en la región han probado que en su ejecución se realizan a expensas de los derechos de las personas donde los proyectos se realizan, el impacto recae en forma desproporcionada en las comunidades que el Estado tenía la obligación de proteger (Comunidades Indígenas Mayas del distrito de Toledo, 2004). Informes a la Comisión Interamericana de derechos humanos (2016), así como casos y audiencias temáticas han indicado que proyectos de desarrollo en países como Brasil, Ecuador, Colombia, Guatemala y Surinam vulneran derechos humanos de comunidades pobres y en condición de vulnerabilidad como son: comunidades indígenas, afros y campesinas. Paradójicamente investigaciones realizadas por el Banco Mundial (1996; 2003: 2015) reafirman esto. Hallazgos comunes de estos documentos refieren como unas problemáticas constantes, (i) la ausencia de una adecuada supervisión a las actividades que componen el proyecto y a sus responsables. (ii) la escasez de mecanismos para prevenir violaciones a derechos humanos, (iii) Dificultades de las víctimas para acceder a la justicia y a ser reparadas adecuadamente.
Sentencias de la Corte Constitucional también señalan que la realización de este tipo de proyectos genera efectos e impactos humanos, sociales, culturales y ambientales la Corte Constitucional (T-135 2013)
Al respecto, hay dos obligaciones de carácter internacional que no solo tienen plena vigencia en la caso que nos convoca hoy, sino que además tienen carácter vinculante y son las obligaciones de respeto y garantía y se relacionan con los derechos humanos que se ven impactados por la implementación de este tipo de proyectos como son el derecho a la vida, a la integridad física, a la salud, a la no discriminación, a la consulta, al consentimiento, a la identidad cultural, a la información y a la participación. Así como los derechos de la naturaleza, hoy reconocida como sujeto de derechos por parte de la Corte Constitucional (Principio de precaución Ambiental y su aplicación para proteger el derecho a la salud de las personas, 2016).
En ese sentido, son diversos los deberes que surgen en el desarrollo de esta megaobra y el Estado en sus distintos niveles adquiere responsabilidades. Lo mismo ocurre con las empresas privadas, no tendría sentido pues, sostener, que la obligación de respetar y garantizar el ejercicio libre y pleno de los derechos humanos reconocidos por la Constitución concentran su atención en el Estado y dejará por fuera las empresas.
De aquí que sea necesario identificar y distinguir las obligaciones del Estado y particulares (estos es empresas) en el marco de la realización del proyecto hidroeléctrico Hidroituango, y de los múltiples factores que generaron la emergencia que ha suspendido el proyecto de vida de niños, niñas, mujeres, hombres, campesinos, indígenas, afros, personas mayores y personas en condición de discapacidad.
Algunos de los deberes que se pueden identificar de manera general son:
El Deber de prevenir violaciones a derechos humanos
Supervisar y fiscalizar las actividades desarrollistas
Garantizar mecanismos de participación efectiva de las comunidades
Garantizar el acceso a la justicia, la sanción de los responsables y una adecuada reparación.
Respecto del deber de prevención: este se relaciona con la identificación previa y el seguimiento de los derechos y las comunidades que pueden verse afectadas, incluyendo aquellas que se auto reconocen o identifican como afectadas. Esto debió realizarse, antes de la autorización y entrega de permisos para el proyecto, durante la implementación del proyecto. Y ahora, en el marco de la emergencia.
Como un aspecto fundamental de la obligación de prevención, está la de garantizar procesos adecuados para promover el derecho a la participación y el acceso a la información; ambos derechos adquieren una connotación privilegiada en el marco de la emergencia.
Respecto a la obligación de supervisar, que guarda estrecha relación con el deber de prevención. La Corte Constitucional ha afirmado que, al ejecutar un megaproyecto, el campesino, el jornalero o el tradicional habitante de una región afectada, se encuentra en un verdadero estado de indefensión frente al empresario o dueño del proyecto (Obras de desarrollo y progreso frente a la protección de derechos fundamentales de las personas, 2013).
De ahí que, cobre particular relevancia que el Estado actué con la debida diligencia y logré un “justo equilibrio entre los intereses contrapuestos de la persona, de los de la comunidad en su conjunto” (López Ostra vs. España (Solicitud n. ° 16798/90), 1994) y los de la empresa y el proyecto.
El deber de supervisión tiene varios niveles, y con ello varios responsables, de modo, que el nivel nacional, pese a no tener participación económica en el proyecto, adquiere obligaciones de carácter internacional, que derivan unas competencias centralizadas y descentralizadas en relación a aquellas y demandan del estado actuar con debida diligencia, sobre todo cuando ciertos hechos ilícitos no necesariamente se imputen al Estado como consecuencia de su acción, sino de una omisión, por ejemplo el de supervisión. Es decir, cuando las autoridades estatales sabían o debían haber sabido de la existencia de un riesgo y las mismas no adoptaron las medidas necesarias dentro del ámbito de sus atribuciones que, juzgadas razonablemente, podrían esperarse para prevenir o evitar ese riesgo.
La Declaración sobre el derecho a la vida y a la cultura de las poblaciones afectadas por las represas, adoptada en Curitiba (Brasil) en 1997[xiv]. En todas partes existe un enorme abismo entre los beneficios económicos y sociales prometidos por los constructores de represas y lo que muestra la realidad una vez terminada la construcción. Las represas siempre han costado más de lo que originalmente se proyectó, aún sin considerar los costos sociales y ambientales. […] El proceso de privatización actualmente impuesto en muchos países del mundo por las instituciones multilaterales está aumentando la exclusión social, económica y política, y la injusticia.
La Corte Constitucional en su Sentencia T-135/13[xxii] expresó que: “es pertinente indicar que, ante el enorme impacto de las represas sobre las personas debería llevar, en algún momento no muy lejano, a quienes toman las decisiones de políticas públicas en esta materia a plantear otras opciones que destaca la Comisión para Represas que incluyen la biomasa, la energía eólica, solar, geotérmica, energía del océano y la cogeneración”.
(Lo anterior se fundamenta en la Serie Minería en Colombia, publicados entre 2013 y 2014 por la Contraloría General de la República, en las investigaciones adelantadas por PAX Colombia, “El Lado oscuro del Carbón”, el Centro de Memoria Histórica “La maldita Tierra”, en las Sentencias C-339/02, T-154/13, T-135/13, C-123/14, T-766/15, C-035/16, C-389/16, T-445/16, T-704/16 de la Corte Constitucional, entre otras.)
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IMPACTOS HIDROITUANGO.
Ahora bien, desde el mes de abril de 2018, un nuevo caso que suma a estas consideraciones constituyéndose en un nuevo caso tipo, de lo que NO se debe hacer y se dio en Colombia, el caso de Hidroituango.
Ante la confusión de los datos, su imprecisión, los reclamos de las poblaciones la Sala de Crisis realizó recorridos en la zona, hablo con los y las líderes, estableció un canal de comunicación directo y permanente para hacerse a información más certera sobre la situación misma de las comunidades afectadas por las fallas técnicas en el llenado de la hidroeléctrica Hidroituango, En este proceso a la fecha, se ha logrado identificar que:
Impacto social.
Encontramos comunidades sin una atención suficiente que equipare el daño causado a sus vidas, a sus proyectos de vida individual, familiar y colectivos, afectaciones todas, derivadas de las fallas técnicas de este Presa. Aún hoy casi 6 meses después, siguen los albergues.
Aguas arriba hay personas que no han sido atendidos aún y muchos están en el casco urbano de Ituango sin atención. Así mismo se ha advertido la aparición de grietas en las montañas, pero que no han sido escuchadas.
Las comunidades indígenas siguen afectadas, y su insuficiente atención no ha tenido la atención diferenciada que merecen.
Se ha generado un paulatino y constante desplazamiento de familiares a otros centros urbanos, veredas, aún sin cuantificar.
El estudio de los niños y la atención en salud se han visto afectadas en gran medida.
Impacto económico.
La parálisis económica de la región es generalizada, se ha golpeado gravemente la posibilidad de realizar labores remuneradas, la actividad comercial, pesca, barequeo, cultivos de arroz, maracuyá, aguacate, plátano etc, por ende, el flujo de dinero para comprar enceres, gran dificultad para producir en economías legales y esto puede generar un estallido social o un giro hacia economías ilegales que hagan perdurar la guerra en estos territorios.
La contingencia y el represamiento llevó a una disminución en ventas, incremento de fletes en carga seca, cárnicos, alimento en cadena de frío. Disminuyó la actividad hotelera, abarrotes, cantinas, discotecas, ferreterías, entre otras.
Se suma la pérdida de animales de compañía, de cría, pérdidas todas que deben ser estimadas por los días transcurridos.
Los transportadores del municipio sufren crisis por no tener trabajo y la afección es aún más grave ya que se han incrementado sus gastos de viaje y viáticos gastos en parqueaderos y ayudantes y las empresas proveedoras o de ventas no mandan sus vendedores y al no hacerlo no hay despacho de mercancías hasta tanto no se normalice el paso.
Las afectaciones son de mayor impacto par a los niños niñas, mujeres en estado de embarazo, adultos mayores, personas con movilidad reducida quienes requieren atención especial.
Se presenta un limitante seria para la libre movilidad.
Programas de gobierno en la región y seguridad.
Hoy no se cuenta de manera efectiva, con planes de desarrollo y planes de ordenamiento territorial, una suerte de Estado suspendido, en espera de que se reordene todo el territorio afectado. Los lineamientos dados por los acuerdos de paz podrían ser una herramienta útil para dicho reordenamiento.
Se suspendieron los programas de apoyo al campo y de sustitución de cultivos de uso ilícito lo que complejiza más la situación.
Esta población ha sido sujeto de múltiples vulneraciones, unas por el abandono del Estado, el impacto dramático del conflicto armado que deja en la región miles de víctimas registradas en la Unidad de Víctimas del Conflicto Armado, y ahora sufren una revictimización, son comunidades afectadas por los Megaproyectos lo que les pone en condiciones de especial atención.
Hoy en la región se vive una situación complicada de seguridad en tanto la confrontación y presencia de grupos armados, el asesinato de líderes, amenazas, etc, intimada a la población.
Zozobra constante.
En las actuales condiciones, y una vez se anuncie la posible superación de la crisis, es claro que el nivel de riesgo para la población seguirá siendo alto, así que, volver a la zona no será garantía de que sus vidas estén a salvo y su estabilidad se verá afectada, en tanto la zozobra acompañará a estas comunidades de manera permanente.
Afectaciones a la Salud Mental de la población:
De acuerdo con lo planteado en la (Ley Salud Mental, 2013), la salud mental se define como un estado dinámico de bienestar que se expresa en la vida cotidiana a través del comportamiento y la interacción de manera tal que permite a los sujetos individuales y colectivos desplegar sus recursos emocionales, cognitivos y mentales para transitar por la vida cotidiana, para trabajar, para establecer relaciones significativas y para contribuir a la comunidad.
Cuando la cotidianidad de los sujetos se ve trastocada por acontecimientos que generan una reconfiguración en las prácticas, las relaciones y las emociones, como lo que generó el proyecto Hidroeléctrico Hidroituango, la salud mental también se ve afectada, lo que impacta sobre una serie de dimensiones que involucran la convivencia social, las actividades laborales y el trabajo, las relaciones familiares y sociales, entre otras (Organización Panamericana de la Salud, 2002); situación que se exacerba y complejiza cuando no se recibe el debido acompañamiento al cual tienen derecho los sujetos, lo que puede derivar en alteraciones significativas a nivel cognitivo, afectivo y comportamental, que impliquen incluso trastornos mentales, con costos elevados tantos para los sujetos como para el sistema de salud.
En el caso concreto de las comunidades afectadas por el proyecto Hidroituango, ya es posible identificar una serie de afectaciones que deben ser reconocidas y acompañadas adecuadamente, algunas de estas incluyen:
A nivel emocional: niveles elevados de ansiedad y miedo frente a los riesgos actuales, al devenir futuro y a las condiciones de seguridad, así como tristeza debido a las pérdidas vividas y las que se podrían experimentar; ira frente a las condiciones socioeconómicas del territorio, las familiares y las propias; e indignación debido al trato recibido y las condiciones en las que se encuentran las comunidades en el momento. Estas emociones se manifiestan a nivel fisiológico y pueden redundar incluso en alteraciones físicas.
A nivel cognitivo: rumiación y preguntas constantes frente al futuro y pensamientos catastróficos.
A nivel comportamental: comportamientos agresivos en las relaciones cotidianas, activado también por las condiciones de hacinamiento
A nivel psicosocial y cultural: Cuestionamientos identitarios en los sujetos, alteraciones de los vínculos y las interacciones cotidianas e interrupción en algunas de las prácticas culturales.
A nivel político: Producto de la situación de seguridad que se vive en el territorio local y a nivel nacional, se genera una desactivación de los liderazgos sociales y de las acciones políticas.
Estas son solo algunas de las afectaciones y vale la pena aclarar que son reacciones normales antes situaciones anormales (Organización Panamericana de la Salud, 2002), lo que subraya una vez más la necesidad del acompañamiento de cara a generar condiciones protectoras que prevengan mayores impactos sobre la salud mental y la convivencia social.
Responsabilidades.
Ante toda esta lamentable realidad, la responsabilidad que le cabe al proyecto Hidroituango, son de carácter, penal, fiscal, disciplinario, civil extracontractual y por el detrimento patrimonial que se ha generado en contra de la empresa misma.
En ese sentido, es necesario, además de señalar al Estado, descentralizar el debate en razón a EPM y ampliarlo a las empresas privadas. Es necesario que a todos los actores se les identifique, que la empresa privada sea requerida, evaluada y supervisada y que sus acciones sean ponderadas, delimitadas, evaluadas y si es el caso sancionadas. De otro modo, se estaría generando un entorno permisivo para actos ilícitos y abusos de poder por parte de empresas, frente a lo cual no se ha llegado a sanciones ni reparaciones adecuadas. En el mismo sentido, se requiere la identificación del nivel de involucramiento de los entes estatales en el proyecto, debido a sus obligaciones y competencias estableciendo las eventuales responsabilidades a que haya lugar (Figueroa Gutarra, 2016).
La Corte Interamericana de Derechos Humanos, cuando se refiere a los daños que puede causar una acción sobre las comunidades e individuos que no están en el censo de afectados por la represa: “Todo acto humano es causa de muchas consecuencias, próximas unas y otras remotas. Piénsese en la imagen de una piedra que se arroja a un lago y que va produciendo en las aguas círculos concéntricos cada vez más lejanos y menos perceptibles. Así, cada acto humano produce efectos remotos y lejanos”.
El progreso no puede tener un peso tal que condicione o subordine valores fundamentales de un Estado Social de Derecho, en el que la persona ocupa un lugar central (Conferencia Mundial de derechos humanos. Declaración y programa de acción de Viena, 1993).
Los derechos humanos no pueden ser vistos como un obstáculo para el desarrollo económico, el efectivo y pleno goce de los derechos humanos son el fin de cualquier emprendimiento del Estado.
Sin embargo, lamentablemente, la referencia del desarrollo como premisa para favorecer la explotación de recursos, presentan bajos niveles de desarrollo humano, y son las comunidades vulnerables y pobres quien asumen los costos sociales del proyecto, y terminan más empobrecidas, desplazadas e invisibilizadas, las cifras de desarrollo económico son casi ****.
las grandes represas tardan mucho tiempo en ser construidas, lo que dificulta la obtención de retornos positivos y ajustados al riesgo de estas, a menos que puedan implementarse, de manera económica y aplicando medidas de control de riesgo. Particularmente a los países en desarrollo, recomiendan que, como política pública, se prefieran alternativas de energía más ágiles que puedan ser construidas más rápidamente. Esta conclusión fue alcanzada sin llegar a considerar los enormes impactos socioambientales causados por las grandes represas”. Respecto de los sobrecostos, se hicieron las siguientes observaciones: • Tres de cada cuatro represas costaron más de lo presupuestado. • Los costos reales fueron en promedio 96% mayores que los costos estimados. • Los sobrecostos se dieron sistemáticamente respecto de grandes represas construidas en todas las regiones del mundo
El "fin" que debe alcanzar cualquier proyecto de desarrollo es el mejorar de un modo sustentable el bienestar humano y el equilibrio ambiental, es decir, producir un avance significativo en el desarrollo humano, sobre una base que sea viable económica, equitativa y ambientalmente sustentable. Si la realidad evidencia que efectivamente esto no ocurre, construir otras opciones se constituye en el horizonte ético, político y económico viable y no las grandes represas.
Las propuestas alternativas que se vienen construyendo y que son objeto de debate se resumen en construir un nuevo modelo minero energético soberano, autónomo, ecoresponsables, gestionado por las comunidades y que responda a sus necesidades, sustentado en otras alternativas como la energía solar, eólica, geotérmica y la cogeneración (Sentencia T-135/13 Corte Constitucional) que no afecten los derechos fundamentales individuales y colectivos y, especialmente, el ambiente sano. Implica la moratoria de la política minero-energética para efecto de estudios planteados por la Contraloría General de la República y Sentencias de la Corte Constitucional y ejercer colectivamente las funciones y competencias de los entes territoriales para decidir sobre el uso del suelo como lo establece la Sentencia T-445/16[xxvi] de la Corte Constitucional.
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Autores:
David Sánchez Calle[i],
Alfonso Insuasty Rodríguez[ii],
Astrid Osorio[iii],
José Fernando Valencia Grajales[iv],
Daniela Barrera Machado[v],
Daniela Londoño Diaz[vi],
Eulalia Borja Bedoya[vii].
Medellín (Colombia) 23 de agosto de 2018.
Notas.
[i] Politólogo, investigador grupo Kavilando. Integrante REDIPAZ
[ii] Docente investigador, Universidad de San Buenaventura, integrante REDIPAZ
[iii] Docente investigadora, Universidad de Antioquia, integrante de REDIPAZ.
[iv] Docente investigador, Universidad Autónoma Latinoamericana, Medellín. Integrante de REDIPAZ
[v] Docente investigadora, Universidad de San Buenaventura, Medellín. Grupo Kavilando. Integrante de REDIPAZ
[vi] Joven Investigadora, Universidad de San Buenaventura, Medellín.
[vii] Investigadora Grupo Kavilando, coeditora Revista Kavilando. Medellín.
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